Un Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de apelación presentado contra el fallo absolutorio, por el beneficio de la duda, a favor de psicólogo acusado de violar a una exalumna y ratificó la sentencia. En la misma resolución judicial que se conoció este jueves, los magistrados hicieron un duro llamado de atención a una fiscal por sus expresiones y el cuestionamiento a los jueces del debate oral y público.
El psicólogo David Pes fue acusado de violar a un exalumna y paciente suya de 18 años en la madrugada del 3 de diciembre de 2021. La denuncia de la chica señalaba que esa noche fue a una fiesta de egresados en Santa Lucía y que ahí se encontró con su exterapeuta. Al finalizar la reunión, él se ofreció a llevarla en su auto, después se desvió del recorrido y la obligó a tener sexo, según la acusación fiscal.
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El tribunal que ratificó la absolución estuvo presidido por el juez Benedicto Correa.
El profesional estuvo dos meses preso, después obtuvo la prisión domiciliaria y más tarde recuperó la libertad. En 2023 fue llevado juicio y en el debate la fiscalía solicitó una pena de 14 años de cárcel para el psicólogo. La abogada Sandra Leve que, la defensora, sostuvo que los dichos del acusado, que aseguró que existió una relación sexual consentida.
El tribunal compuesto por los jueces Andrés Abelín Cottonaro, Matías Parrón y Diego Sanz entendieron que no había pruebas suficientes para condenarlo y el 12 de diciembre de ese año lo absolvieron a Pes, por unanimidad y por el beneficio de la duda.
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En el juicio. Pes junto a su defensora, la abogada Sandra Leveque.
La fiscal Claudia Ruiz Carignano recurrió la sentencia y el fallo fue a parar al Tribunal de Impugnación compuesto por los jueces Benedicto Correa, Ana Lía Correa y Renato Roca. Los agravios presentados por la fiscalía para cuestionó al tribunal de primera instancia de una forma vehemente planteando que es una sentencia arbitraria, marcada por una inobservancia en el derecho, una visión sesgada y una falta de perspectiva de género.
El Tribunal de Impugnación analizó la sentencia absolutoria y esta semana se expresó. En sus consideraciones, los magistrados señalaron que el fallo de diciembre de 2023 fue bien fundamentado, por lo tanto, rechazaron los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público Fiscal y ratificaron el fallo de los jueces Abelín Cottonaro, Parrón y Sanz.
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La destinataria. El juez Correa criticó las expresiones de la fiscal coordinadora de la UFI CAVIG, Claudia Ruiz Carignano.
En la misma resolución, el juez Correa dedicó un párrafo aparte a la fiscal Claudia Ruiz para referirse a sus expresiones y su postura durante la apelación: “Finalmente debe recordarse que el escrito de articulación de un recurso debe contener términos respetuosos, tanto con las partes como con el tribunal que dicta la sentencia cuya objeción se pretende”.
“Un estilo agresivo, además de descortés, desluce a su firmante, puesto que solamente una infravaloración de nuestra labor puede hacer pensar que ha de influirse en la decisión con este tipo de expresiones o descalificaciones hacia el tribunal de juicio, de allí que se debe reconsiderar esta conducta para, en lo sucesivo, evitar exposiciones inadecuadas a la praxis judicial”, afirmó el magistrado del Tribunal de Impugnación.