Este lunes, el tribunal que dictó la sentencia contra los acusados en el juicio de expropiaciones, la megacausa que inició 15 años atrás, dio a conocer los fundamentos del fallo. Es por ello que, además de la sorpresa del pedido de investigación de un juez en actividad, sospechado de haber colaborado con la comisión del delito, las partes supieron cuáles fueron los argumentos que motivaron la misma.
Tras un análisis del documento judicial de 4.813 páginas, en el que se confirma que se acreditó la existencia de una asociación ilícita orientada al fraude sistemático en procesos de expropiación de inmuebles, Tiempo de San Juan realizó un punteo con las 10 claves más destacadas del dictamen que condenó con prisión efectiva a Santiago Graffigna, Horacio Alday y compañía.
1. Una asociación ilícita organizada y jerarquizada
El tribunal acreditó la existencia de una estructura delictiva encabezada por Santiago Graffigna, con Horacio Alday como coautor, y la colaboración activa de funcionarios públicos, peritos, abogados y exjueces. La finalidad: obtener indemnizaciones millonarias fraudulentas en perjuicio del Estado.
El tribunal no sólo destacó el perjuicio económico directo al erario provincial, sino también el daño institucional y la erosión de la confianza pública. Señaló que “este grupo descubrió un negocio basado en las debilidades del sistema” y advirtió sobre la necesidad de controles más efectivos en los procesos estatales.
2. Fraudes sistemáticos en juicios expropiatorios
Los acusados manipularon expedientes judiciales de expropiación relacionados con obras públicas como el embalse Cuesta del Viento. Se simulaban tomas de posesión, se adulteraban fechas, se acumulaban causas irregularmente y se omitían notificaciones clave para beneficiar económicamente a particulares.
3. El rol central de Graffigna
Graffigna fue identificado como el cerebro de la organización. Coordinaba qué abogado, perito o funcionario debía intervenir en cada expediente. Diseñaba las estrategias para aumentar ilegítimamente las tasaciones e intereses, y era quien contactaba a poseedores para facilitar la regularización de títulos.
4. Tasaciones fraudulentas y pericias amañadas
Peritos como Ana Melvin, Víctor Bustos, Juan Quiroga Ramoino y José Moreno tasaron terrenos rurales como urbanos, multiplicando su valor sin justificación. Se detectaron rubros inexistentes y superficies infladas, con el claro objetivo de incrementar las indemnizaciones.
5. Colaboración desde dentro del Estado
El fallo destaca la participación activa de funcionarios como Norberto Baistrocchi (Secretaría de Recursos Hídricos) y Mario Díaz (Fiscal de Estado), quienes actuaron de forma dolosa o permisiva, facilitando la ejecución del plan a través de omisiones y acciones encubridoras.
6. Fallos judiciales a medida
El exjuez Carlos Macchi permitió acumulaciones de expedientes sin fundamento y dictó sentencias que desestimaban tasaciones oficiales para favorecer las de los peritos afines a la organización. También ordenó el cómputo de intereses desde fechas erróneas, disparando las sumas indemnizatorias.
7. Uso abusivo del proceso judicial
El tribunal describió cómo la defensa de los acusados utilizó recursos e incidentes repetitivos para dilatar el avance de la causa. Se contabilizaron 35 incidentes antes del juicio, que dilataron la investigación en el tiempo. En el fallo, el Tribunal rechazó una serie de nulidades planteadas reiteradamente por las defensas, especialmente por Graffigna, quien objetó resoluciones firmes como el rechazo parcial de pruebas y la participación de ciertos funcionarios.
8. Manipulación de pruebas y expedientes
Graffigna llegó a “hallar” expedientes extraviados años después en mesa de entradas, cuando los plazos ya estaban vencidos o las condiciones eran más favorables para su parte. El expediente original fue encontrado en el allanamiento a Alday sin que pudieran dar explicación coherente de por qué se hallaba ahí.
9. El sumario que sustentó las sospechas
El sumario administrativo, que derivó en la cesantía del Fiscal de Estado Baistrocchi, fue uno de los elementos clave del expediente. Motivó la denuncia penal ante el Ministerio Público Fiscal y fue incorporado como prueba documental en la causa. Las defensas pidieron su nulidad y exclusión probatoria, pero el Tribunal ratificó su validez formal. Se destacó que lo relevante no era su origen administrativo, sino su contenido probatorio, susceptible de análisis bajo las reglas de la sana crítica racional.
10. Querellas y penas
Se rechazaron los pedidos de penas más severas formulados por la querella, al considerar que esta actúa como parte adhesiva y no puede agravar la situación de los imputados por fuera de lo planteado por el Ministerio Público Fiscal. El fallo subrayó que la sentencia debe ajustarse al principio de congruencia, es decir, a los hechos y calificaciones debatidos en juicio. También se remarcó la necesidad de respetar la garantía del debido proceso y la imparcialidad, especialmente cuando se discuten responsabilidades penales.