Caso Jairo Malla: la querella impugnó el juicio abreviado del choque fatal y busca que la causa llegue a debate
En noviembre de 2025, la responsable admitió su autoría y aceptó 3 años de prisión condicional y 6 años de inhabilitación para conducir un vehículo con motor. La querella, representada por la familia de la víctima fatal, siempre estuvo disconforme a esta solución alternativa e impugnó.
Los abogados querellantes Olivera y Sandez, que representan a la familia de Malla, fueron los que impugnaron esta resolución del juez Alberto Caballero. Y en esta ocasión le insistieron al juez de Impugnación Renato Roca que el abreviado sea anulado y que la causa se resuelva en un debate oral y público.
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De adelante hacia atrás: abogados querellantes Sandez y Olivera; atrás los representantes del MPF, Maximiliano Gerarduzzi y Sebastián Gomez. Al final, el abogado defensor Fernando Bueno de la Cruz.
Cabe destacar que el acuerdo de juicio abreviado fue entre el fiscal Sebastián Gómez y el ayudante fiscal Maximiliano Gerarduzzi de UFI Delitos Especiales y el defensor Fernando Bueno de la Cruz.
La Fiscalía de Impugnación expresó que el fallo del juez Caballero estaba bien fundamentando y siguió firme en su postura, es que el abreviado se realizó de la manera correcta y solicitó que sea confirmada.
Ayudante Fiscal Ignacio Dominguez y Fiscal Renato Roca (1)
Juez de Impugnación, Renato Roca. Él será el responsable de hacer lugar al planteo de la querella o confirmar la sentencia.
Desde el Ministerio Público Fiscal hicieron hincapié en varios puntos. Esta parte sigue firme en que la oposición de la querella al juicio abreviado no es vinculante para el juez. La víctima tiene derecho a ser informada y oída, pero no puede sustituir la voluntad del Fiscal, quien es el titular de la acción pública.
El Fiscal critica que la impugnación de la querella porque se basa en conceptos abstractos y no en pruebas técnicas. Califica las quejas de la querella (como la falta de "paz social" o "igualdad de armas") como afirmaciones genéricas y subjetivas que no demuestran una violación real de la ley.
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La madre de Jairo Malla siempre estuvo presente en todas las audiencias de Tribunales.
Otra de las quejas fue la pena porque le dieron la mínima y para el MPF la escala para el homicidio culposo agravado es de 3 a 6 años; por lo tanto, los 3 años de cumplimiento condicional están dentro del marco legal. Cabe aclarar que el juez, en un juicio abreviado, tiene prohibido imponer una pena superior a la acordada entre la fiscalía y la defensa.
Por último, la Fiscalía también le dedicó un artículo para rechazar las acusaciones de la querella al manifestar que el proceso fue un "negocio". El fiscal consideró una imputación grave e infundada que se hable de un "negocio procesal". Niega haber perdido objetividad, afirmando que su rol no es "llenar estadísticas" sino aplicar la ley objetivamente, incluso si el resultado no satisface el deseo de venganza o las expectativas de la querella; expresaron fuentes judiciales.