Después de haber sido sentenciado por Flagrancia a 1 año y 6 meses de prisión condicional y obligado a pagar 80 mil pesos en concepto de costas, uno de los tres empresarios sanjuaninos acusados de violar la cuarentena revirtió el fallo en su contra en la Cámara de Apelaciones y fue absuelto por dictamen del juez Martín Heredia Zaldo, según informaron fuentes judiciales a Tiempo de San Juan.
Si bien el dictamen del tribunal superior no fue dado a conocer, se supo que el argumento para librar de culpa al propietario de Zonda Safety Gear, Sergio Vallejo, fue en líneas generales que las tareas que desarrollaban en su taller textil están vinculadas con la actividad minera, exceptuada durante la cuarentena.
Vallejo fue denunciado anónimamente por infringir el aislamiento social y en su taller textil se desplegó un operativo policial que se replicó en otras dos empresas -Maxi Brant y Zoberano-. A diferencia de los representantes de las firmas, Isaías Brant y Jorge Fabián Zukerman -supervisor en la firma, propiedad de Ángel Zoberman-, que acordaron una pena de 8 meses de prisión condicional en un juicio abreviado, Vallejo se sometió al juicio oral y público que terminó con una sentencia en su contra.
Durante los alegatos del juicio, la Fiscalía había solicitado al juez una pena de 2 años de prisión en suspenso por considerarlo responsable de violar el Arículo 205 del Código Penal, como así también de la comisión de resistencia a la autoridad, falsedad documental e ideológica. Sin embargo, el juez Federico Rodríguez le bajó la condena por violar la cuarentena y por resistencia a la autoridad, mientras que lo absolvió de los otros dos delitos.
La defensa representada por Martín Turcumán apeló la decisión de Flagrancia y consiguió que este jueves último la Cámara de Apelaciones revocara el fallo dictado por Rodríguez.
En el desarrollo del plenario, los colegas del entonces imputado, Juan José Igualada y Hugo Goransky, atestiguaron a favor del acusado de violar el Artículo 205 del Código Penal. Tanto el presidente de la Cámara Argentina de Servicios Mineros (CASEMI) como el titular de la Unión Industrial en San Juan lo respaldaron como proveedor y parte de la cadena de valor de las actividades esenciales -la minera-, por ser fabricador de los EPP (elementos de protección personal).
Los testigos de renombre que participaron del juicio están asociados con Vallejo no sólo por integrar las cámaras empresariales sino también por el intercambio de servicios, ya que el propietario de Zonda los provee de indumentaria y EPP. Con sus actividades económicas en funcionamiento y exceptuadas, ambos plantearon en conjunto con la defensa que la producción de Vallejo sería de igual modo esencial. Es que Goransky es proveedor en el sector de la Salud con tubos de oxígeno, mientras que Igualada ofrece servicios de transporte para la minería, la cual tiene permitido estar en acción.