Varias son las aristas que se desprendieron tras el brutal asesinato de un joven, identificado como Fernando Báez Sosa (19), por diez rugbiers, a la salida del boliche Le Brique, en Villa Gesell. Ya se habló del mundo rugbier, de los antecedentes penales y/o violentos de los acusados, entre otras, en este medio. Restaba hablar sobre las actuales imputaciones y las calificaciones por las que deberían ser condenados los sospechosos.
Para despejar esas dudas, Tiempo de San Juan charló con dos reconocidos abogados sanjuaninos (Horacio Merino y Antonio Falcón), quienes opinaron del tema y se encargaron de poner un manto de claridad en la terminología jurídica hasta aquí expuesta en la causa que tiene a diez detenidos: dos como "coautores" y los restantes como partícipes necesarios.
Antonio Falcón, abogado:
"Para analizar este caso hay que sacar la faz emotiva. Los delitos no se juzgan por el resultado, no tiene condena el resultado, lo que se juzga es la intención: si es doloso o culposo. Teniendo en cuenta esto, este caso se puede ver de distintas formas. Si tenían intención de dañar y no matar, podrían ser juzgado por homicidio preterintencional -cuya máxima es de 6 años-", empezó comentando.
Sin embargo, para Falcón hay que ver "la actuación previa al asesinato". En este sentido, afirmó que "será de suma importancia saber cómo empezó el problema porque podría entrar en juego la premeditación -es decir, si fue programado el ataque- si estos chicos -por los rugbiers- lo esperaron afuera a la víctima para atacarlo".
Para el letrado, el homicidio en riña no sería una calificación justa ya que aseguró que el asesinado no peleó con los acusados pero la figura a la que sí apostaría es la de lesiones gravísimas seguidas de muerte, con una escala penal que va de los 10 a los 20 años de prisión "ya que fueron golpes que le ocasionaron la muerte pero que los rugbiers no buscaron ese resultado", dijo.
Finalmente, definió a la coautoría con un ejemplo fácil: "Cuando entre dos, golpeamos a una persona. Somos los dos los que le causamos los daños, en este caso la muerte". En cambio, los partícipes necesarios "son aquellos que no son autores pero sin sus actuaciones no se podría haber cometido el delito", sostuvo.
Horacio Merino, abogado:
"Primero, hay que aclarar que en este caso hay responsabilidad de todos, incluido de la comunidad porque no puede ser que admitan vender alcohol a los menores y que anden borrachos a toda hora. También de la Policía y del municipio que permiten que anden ebrios por la vía pública, todos descontrolados. De los patovicas porque tendrían que haber sacado al grupo mayoritario, avisar a la Policía y, cuando ya se pacifique afuera, sacar al otro grupo", comenzó diciendo el letrado.
Merino fue más enfático en la calificación que deberían cargar: "Para mí hay homicidio con varios agravantes: con premeditación porque programaron el ataque; por la cantidad de personas; y por alevosía ya que la víctima no se pudo defender. Igual hay que diferenciar entre los coautores y los partícipes necesarios. A los coautores les correspondería inevitablemente la prisión perpetua. A los otros partícipes habría que ver distintas cuestiones pero seguramente reciban menos años".
Por último, el abogado sanjuanino afirmó que se trata de un caso "en el que la Justicia debería dar el ejemplo desde su investigación en la etapa previa al juicio, en el juicio y en la condena porque hay mucha presión. También debería ser ejemplificador el tiempo que dure el proceso, no más de un año".