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Este sábado

Nación prohibió la pirotecnia sonora en actos públicos e invita a las provincias a sumarse: ¿qué hará San Juan?

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la prohibición de compra y uso de pirotecnia sonora para todos los actos públicos organizados por el Poder Ejecutivo Nacional. Los municipios también invitados a sumarse a la iniciativa

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Gobierno publicó este sábado en el Boletín Oficial la prohibición de compra y uso de pirotecnia sonora para todos los actos públicos organizados por el Poder Ejecutivo Nacional e invitó a todas las provincias y a la ciudad de Buenos Aires a sumarse a la iniciativa.

Habrá que ver qué decisión toma el Gobierno de San Juan, teniendo en cuenta que en ediciones anteriores los fuegos artificiales sonoros formaron parte en el espectáculo final de la Fiesta Nacional del Sol, como así también en otros acontecimientos como los encuentros de nivel internacional celebrados en el Estadio del Bicentenario.

Se trata del Decreto 96/2019 que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, quien esta semana adelantó la idea de eliminar los fuegos artificiales de los eventos oficiales.

"Prohíbese la adquisición y uso por parte del Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156, de artículos y de artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros en los eventos y/o espectáculos que organice", dice el primer artículo.

En el segundo punto se aclara que "quedan excluidos" de este decreto "aquellos artificios pirotécnicos y/o explosivos utilizados para emitir señales de auxilio, emergencia o lucha antigranizo, aquellos que sean de uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o acciones de defensa civil y los destinados al uso industrial, minero u otra actividad extractiva".

En su artículo tercero, la medida invita "a adherir a la presente medida a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las municipalidades" y precisó que la prohibición entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo señaló que "la Constitución Nacional establece en su artículo 41 que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".

"Existen diversos estudios científicos que permiten comprobar que el uso de artículos y artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros afecta la calidad auditiva de la población, en particular, de los sectores más vulnerables de la sociedad entre los que se encuentran los niños y los ancianos, así como también a la fauna y al ambiente en general", explica.

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