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Economía

La ampliación de la Tarjeta Alimentar es oficial: a quiénes alcanza el beneficio y cuáles son los montos

Fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. Hasta ahora alcanzaba a las familias con hijos de hasta 6 años. Cuáles son los cambios.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Este jueves el Gobierno nacional oficializó la ampliación del alcance de la Tarjeta Alimentar que se anunció días atrás.

A través de la Resolución 655/2021 del ministerio de Desarrollo Social publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso la ampliación del universo alcanzado por la tarjeta Alimentar a la que podrán acceder ahora los padres con hijos de hasta 14 años. Hasta el momento solo alcanzaba a las familias con hijos de hasta 6 años.

De esta manera pasó de 1,9 millones a 3,7 millones la cantidad de niños y niñas en el país alcanzados por este programa.

Hasta ahora sólo accedían a esta ayuda las madres de niños de hasta 6 años. Con esta ampliación se pasó de 1,5 millones de familias beneficiarias a 2,5 millones.

Según sea el caso, la Tarjeta Alimentar podrá tener tres valores mensuales distintos:

* Se cargará con 6 mil pesos mensuales para aquellos padres o madres con un hijo/a de 0 a 14 años inclusive, mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) y padres o madres con un hijo/a con discapacidad, sin límite de edad.

* Se cargará con 9 mil pesos mensuales para aquellos padres o madres con 2 hijos/as de hasta 14 años inclusive y sin límite de edad en caso de que tengan alguna discapacidad, mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) con un hijo/a que de hasta 14 años inclusive o sin límite de edad en el caso de que el hijo tenga alguna discapacidad.

* Se cargará con 12 mil pesos mensuales para aquellos padres o madres con 3 hijos/as o más de hasta 14 años inclusive o sin límite de edad en caso de que padezcan alguna discapacidad, mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) con al menos dos de hasta 14 años inclusive o sin límite de edad que padezcan alguna discapacidad.

A tener en cuenta

Solo podrá ser utilizada solo por su titular y será obligación del comercio vendedor la exigencia de presentación de DNI y verificación de identidad del consumidor, para su uso.

Desde el momento en que se acreditan los fondos, la tarjeta podrá ser utilizada como medio de pago y solo en comercios pertenecientes al ramo alimenticio.

(Fuente: misionesonline.net)

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