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Mirá el comunicado completo:
EL E.P.R.E. SIEMPRE HA RENDIDO CUENTAS SOBRE EL "FONDO ESPECIAL PARA LA LÍNEA DE INTERCONEXIÓN EN 500 kV ENTRE MENDOZA Y SAN JUAN”
SE HA REMITIDO AL TRIBUNAL DE CUENTAS TODA LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA EL CONTROL RESPECTIVO DE LOS MONTOS RECAUDADOS POR EL FIDEICOMISO, TRANSFERIDOS Y EJECUTADOS EN EL FIDEICOMISO REFERIDO DESDE EL INICIO DE LA PERCEPCIÓN DE LOS APORTES RESPECTIVOS
EL E.P.R.E. ES RESPONSABLE DEL FIDEICOMISO QUE EL FIDUCIARIO ADMINISTRA CON CRITERIOS DE ABSOLUTA TRANSPARENCIA, SUJETOS A AUDITORÍAS Y CONTROLES DIVERSOS
Rechazamos enfáticamente las manifestaciones vertidas en nota periodística del matutino local "Diario de Cuyo” en el que se informa falazmente que el E.P.R.E. "… durante 8 años no informó del Fondo de la Línea de 500 kV”, por ser totalmente falsas y tendenciosas.
Se destacan a continuación los aspectos relevantes que desmienten categóricamente semejante maniobra
1.La Ley Nº789-A crea en la Provincia de San Juan el "Fondo Especial para la Línea de Interconexión en 500 kV entre Mendoza y San Juan”, estableciendo que el E.P.R.E. presentará informes de auditoría con el detalle de la evolución y destino de los recursos del Fondo creado, debiendo informar los resultados de la tarea encomendada a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Provincia de San Juan.
2.En cumplimiento de dicha obligación, desde la creación del Fondo se remiten informes semestrales de Auditoría para su respectiva consideración:
Øal Poder Ejecutivo Provincial.
Øal Poder Legislativo Provincial.
Øal Tribunal de Cuentas de la Provincia.
3.La información remitida por el E.P.R.E. constituye una auditoría completa, detallada y exhaustiva de los montos recaudados por las Distribuidoras Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A. y por la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (CAMMESA), su efectiva transferencia directa, sin ninguna intermediación del E.P.R.E., al Fideicomiso creado, y su aplicación exclusiva al destino de la financiación de las obras de interconexión en 500 kV de la Provincia de San Juan. Se destaca que se trata de Bienes Fideicomitidos al Fideicomiso, siendo el Fiduciario Nación Fideicomisos S.A. (Empresa Fiduciaria del Banco de la Nación Argentina)
4.EL E.P.R.E. NO HA SIDO INTIMADO POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN DE OBSERVACIÓN ALGUNA RESPECTO DE LAS CUENTAS PRESENTADAS, LAS QUE HAN SIDO APROBADAS.
En la Tabla a continuación, se muestra un resumen de los informes de auditoría remitidos:
|
Presentaciones de rendiciones de Cuenta "Fondo Especial para la Línea de Interconexión en 500 kV entre Mendoza y San Juan" |
Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan |
Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan |
Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Juan | |
|
Fecha |
Período |
Nota E.P.R.E. N° | ||
|
14/3/2005 |
Inicio - Nov 04 |
1025/05 |
1024/15 |
- |
|
22/8/2005 |
Nov 04 - Jun 05 |
3362/05 |
3368/05 |
3367/05 |
|
27/5/2008 |
Jul 05 - Abr 08 |
2412/08 |
2413/08 |
2414/08 |
|
25/11/2008 |
May 08 - Set 08 |
4566/08 |
4568/08 |
4567/08 |
|
26/5/2009 |
Oct 08 - Mar 09 |
2292/09 |
2294/09 |
2293/09 |
|
29/10/2009 |
Abr 09 - Set 09 |
4450/09 |
4451/09 |
4452/09 |
|
11/5/2010 |
Oct 09 - Mar 10 |
2251/10 |
2253/10 |
2252/10 |
|
19/5/2011 |
Abr 10 - Feb 11 |
2346/11 |
2347/11 |
2348/11 |
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11/11/2011 |
Mar 11 - Ago 11 |
5370/11 |
5367/11 |
5369/11 |
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26/4/2012 |
Set 11 - Feb 12 |
2441/12 |
2442/12 |
2443/12 |
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7/5/2013 |
Mar 12 - Dic 12 |
3176/13 |
3177/13 |
3178/13 |
|
3/10/2013 |
Ene 13 - Jun 13 |
6501/13 |
6500/13 |
6502/13 |
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2/12/2014 |
Jul 13 - Ago 14 |
9409/14 |
9410/14 |
9411/14 |
|
20/5/2014 |
Ene 13 - Dic 13 |
* 4906/15 |
4906/15 |
900.0683-E-14 |
|
10/6/2015 |
Ene 14 - Dic 14 |
* 4906/15 *Nota Múltiple |
4906/15 |
900.2000-E-15 |
|
2/5/2016 |
Ene 15 - Dic 15 |
3666/16 |
3667/16 |
900.3028-E-16 |
Destacamos que el"Fondo Especial para la Línea de Interconexión en 500 kV entre Mendoza y San Juan”está sometido a auditorias adicionales que se describen brevemente a continuación
1. Los importes respectivos, definidos según los lineamientos de la Ley Nº789-A, son recaudados de los usuarios por las Distribuidoras Concesionarias del Servicio Público de Electricidad y transferidos, sin intermediación del E.P.R.E. íntegramente al Fideicomiso Financiero "Financiamiento Parcial de la Línea de Interconexión en 500 kV Mendoza y San Juan”, cuyoagente fiduciario es Nación Fideicomisos S.A., agente nacional de propiedad de Banco Nación Argentina.
2.Todoslos egresos de fondos del Fideicomiso Financiero "Financiamiento Parcial de la Línea de Interconexión en 500 kV Mendoza y San Juan”son autorizados por Acto Administrativo (Resolución) del E.P.R.E., y deben aprobarse previamente por el Comité de Ejecución de la Obra respectiva y por el Agente Fiduciario, ajustados estrictamente al objeto previsto en la Ley Nº789-A.
3.En el marco de las disposiciones normativas vigentes, adicionalmente a las tareas de auditoría llevadas a cabo por y controles a los que esta sometido el E.P.R.E., serealizan auditorías en los Estados Contables y de cumplimiento del objeto del FONDO elaborados por auditores externos aNación Fideicomisos, contratados en Compulsa de Precios y Antecedentes realizada por Nación Fideicomisos S.A., y presentados y certificados por el Consejo Profesional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4.Las cuentas de Nación Fideicomisos S.A. son auditadas internamente por el Banco Nación, y por AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, Organismo Constitucional con autonomía funcional que asiste técnicamente al Congreso de la Nación en el ejercicio del control externo del Sector Público Nacional mediante la realización de auditorías y estudios especiales para promover el uso eficiente, económico y eficaz de los recursos públicos y contribuir a la rendición de cuentas y sus resultados para el perfeccionamiento del Estado en beneficio de la sociedad.
5.A la fecha, ni el E.P.R.E. ni Nación Fideicomisos han sido notificados de observación alguna respecto de la aplicación de los fondos para el "Financiamiento Parcial de la Línea de Interconexión en 500 kV Mendoza y San Juan”.
Respecto de las "Dudas por el Manejo de los Viáticos”
1.En los Expedientes Nº 550.175/14 (viáticos 1º semestre) y Nº 550.1884/14 (viáticos 2º semestre) registro de este E.P.R.E. tramita todo lo atinente a los Viáticos liquidados y abonados al personal y directivos de este Organismo Regulador correspondientes al ejercicio año 2014.
2.Dichas actuaciones fueron oportunamente requeridos y auditados, como sucede todos los años, por los Auditores Contables designados por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, sin formular observación alguna. De ahí que se desconozca lo informado por el Matutino Diario de Cuyo en el día 30/04/2016, en relación a la supuesta observación que se habría realizado por parte de dos miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
3.La Resolución E.P.R.E. Nº 489/08 y Nº150/15 (normas legales que habilitan el pago de los viáticos al personal del E.P.R.E.) expresamente prevén y reglamentan el procedimiento a seguir para el otorgamiento del Viático, dentro y fuera del país, procedimiento observado estrictamente en los expedientes de pago de viáticos, los cuales son examinados por los auditores contables del Tribunal de Cuentas, sin haber formulado al respecto observación alguna, en la medida que se cumple acabadamente con la normativa vigente.
4.Obran en el Tribunal de Cuentas y en el E.P.R.E. constancias concretas que documentan fehacientemente las actividades realizadas en cada uno de los viajes mencionados en esta maniobra. Figuran audiencias concretadas con funcionarios del estado nacional en Buenos Aires, de reuniones de trabajo con los máximos directivos y técnicos de la empresa (Toshiba Brasil) fabricante de los Transformadores instalados en la Estación Transformadora Nueva San Juan 500/132kV en Minas Gerais- Brasil, y participación en Congreso Internacional Gas & Energía que se realiza anualmente en Santa Cruz de la Sierra – Bolivia con participación de los más relevante mundialmente en el sector
Todo parece ser nada más que una maniobra periodística para perjudicar la imagen de una gestión institucional intachable, con resultados concretos y palpables. Repudiamos enérgicamente el intento de interferir la Revisión Tarifaria Ordinaria en curso y la elección del cargo de Presidente del E.P.R.E. que se cubre por Concurso Público de Antecedentes y Oposición.
