Este lunes por la mañana, se llevó adelante el cambio de presidencia de la Corte de Justicia y, en ese marco, uno de los detalles que llamó la atención fue la ausencia de uno de los miembros del máximo tribunal, Guillermo De Sanctis.
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SUSCRIBITEEn las últimas actividades y actos de la Corte de Justicia, el Ministro no dio el presente, lo que dio lugar a especulaciones. Este lunes, en el cambio de presidencia, también faltó y Daniel Olivares Yapur explicó que fue por razones de salud.
Este lunes por la mañana, se llevó adelante el cambio de presidencia de la Corte de Justicia y, en ese marco, uno de los detalles que llamó la atención fue la ausencia de uno de los miembros del máximo tribunal, Guillermo De Sanctis.
Al igual que el primer gran evento del año de la justicia sanjuanina, el quinto aniversario del Sistema Acusatorio, el ministro no acudió al Sirio Libanés y, aunque la razón fue por problemas de salud, según lo informó el propio Daniel Olivares Yapur, el hecho generó -una vez más- especulaciones políticas.
La duda que gana terreno, entonces, es cuáles son sus condiciones en el contexto del cumplimiento de sus funciones, cuando su salud viene siendo un tema en cuestión. En agosto del año pasado, debió ser internado de urgencia y la novedad trascendió en los medios.
Lo que se supo en aquel momento fue que se encontraba en su hogar familiar, cuando se descompensó. Acorde indicaron fuentes cercanas, al parecer padeció una arritmia y tuvo que ser trasladado a la Clínica El Castaño, en Capital.
Con ese episodio como antecedente y con sus últimas ausencias, no sólo en los actos protocolares, sino también en las reuniones de la Corte con otros órganos, pues así lo evidenció la web oficial del Poder Judicial que publicó un encuentro con académicos de la UNSJ y sin su presencia, la situación planteó dudas.
Quien fue designado como cortista en diciembre de 2016, a sus 76 años, cumpliría con los requisitos del régimen previsional para acceder a la jubilación, aunque -según señalaron fuentes allegadas- para obtener una jubilación de privilegio debería aguardar al cumplimiento de los 10 años ininterrumpidos en sus servicios.
En ese sentido y siguiendo la línea que afirman las fuentes, en diciembre de este año estaría en condiciones de acceder al 82% móvil, el régimen especial previsto para funcionarios judiciales como él.
Acorde a las fuentes, el dato resulta clave porque por su cargo anterior -Fiscal de Estado- no cobraría una jubilación de privilegio, dado que el puesto -pese a su peso político- no está bajo ese régimen distintivo.
En cambio, cumpliendo 10 años de servicio ininterrumpidos o 15 años discontinuos, tal como lo dispone la Ley Nacional 24.018 y su modificación por la Ley 27.546, podría acogerse a los privilegios sin problemas, ya que cumple con la edad y años de aportes que establece el régimen aplicable.
Frente a especulaciones sobre un eventual retiro, la salida más institucional sería la jubilación.
