En Flagrancia por estos días marcaron un hito en la historia de la Justicia sanjuanina: en ese fuero ya se hacen juicios totalmente virtuales. A través de la famosa aplicación Zoom, jueces, fiscales y defensores lograron hacer audiencias desde sus puestos de trabajo.
En el sistema del Procedimiento Especial de Flagrancia del Poder Judicial de San Juan concretaron por tercera vez una audiencia que se ejecutó íntegramente por el sistema de videoconferencia.
En la audiencia que se celebró por videoconferencia, el juez, el fiscal, el defensor, el imputado y la operadora estuvieron comunicados a través de la aplicación Zoom, valiéndose de dispositivos como el celular o la computadora. Cada uno lo hizo desde su lugar de trabajo sin tener que movilizarse para asistir físicamente a la Sala de Audiencia de Flagrancia.
Este sistema de videoconferencia está organizado por la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) de Flagrancia, en la que ya habían realizado otras dos videoconferencias con esta particularidad. En la primera utilizaron el programa Jitsi Meet y las otras dos las resolvieron por Zoom, con la asistencia de personal de Informática.

Todas las audiencias que se hicieron por videoconferencia se resolvieron en la primera instancia, es decir, en la audiencia de presentación.
En la última audiencia participaron el juez Eduardo Raed, el fiscal Iván Grassi, el defensor privado César Jofré, la operadora de sala Andrea Arévalo, y el imputado. El delito por el que se juzgó a la persona fue el de “amenaza agravada por uso de arma blanca” y por infringir los artículos 205 y 239 del Código Penal referidos a la violación de la cuarentena obligatoria, en la que el imputado recibió una condena condicional de un año y 8 meses.
Una vez finalizada la audiencia, quienes intervinieron resaltaron lo innovador que fue la utilización de esta herramienta tanto desde lo tecnológico como desde lo jurídico ya que cada uno puedo cumplir su rol desde la plataforma virtual como lo haría de manera presencial y sin ningún tipo de inconvenientes.
En las otras dos audiencias los delitos por el que juzgaron a los imputados fueron “lesiones leves en contexto intrafamiliar” y “revocación de suspensión de juicio a prueba por delito simple”, en las que se resolvió el sobreseimiento y 3 meses de condena efectiva, respectivamente.
La iniciativa surgió para agilizar las audiencias, donde la importancia de trabajar con esta modalidad cobra especial relevancia dentro de las medidas preventivas que viene tomando la Corte, según informaron oficialmente.