Un terrible caso de abuso sexual salió a la luz tras una contradictoria resolución de la justicia sanjuanina, que le concedió la libertad a un sujeto que fue condenado y por ello la víctima se tuvo que ir de su casa para no convivir con el agresor, ya que se trata de su padre.
Si bien el Tribunal compuesto por los jueces Gabriel Meglioli, Verónica Chicón y Eugenio Barbera había sentenciado por unanimidad al acusado a 14 años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal reiterado, agravado por la situación de convivencia, el vínculo y el grave daño a la salud mental de la menor, como así también le había dictado la prisión preventiva hasta que el fallo quedara firme, un tribunal superior revocó la medida cautelar y dejó en libertad al padre abusador.
A pesar de que los magistrados de primera instancia pretendían que el sentenciado fuera trasladado al Servicio Penitenciario, la defensa del padre abusador apeló por la medida preventiva y solicitó que fuera liberado hasta tanto la resolución no se encontrara firme.
En ese marco, el Tribunal de impugnación le dio la razón y benefició al penado, resultando la víctima una vez más perjudicada. Así lo apuntaron fuentes allegadas al caso, que señalaron que la chica de 15 años debió mudarse de su casa para no vivir bajo el mismo techo que su violador y por tanto fue trasladada a un hogar de tránsito.
Tiempo de San Juan accedió a los detalles de la polémica decisión del Tribunal de Impugnación que, con fallo dividido, revocó la prisión preventiva del padre violador, que atacó a su hija en múltiples ocasiones desde los 10 hasta los 13 años.
En la queja que elevó la defensa del sentenciado, se sostuvo que las decisiones judiciales no pueden ser ejecutadas durante el plazo para impugnar y además se destacó que, en la etapa procesal, el imputado cumplió con la asistencia en forma voluntaria a cada audiencia, que siempre se sometió a proceso y nunca entorpeció el normal desarrollo del mismo.
A pesar de que en la audiencia ante los jueces de Impugnación Fernado Echegaray, Benedicto Correa y Ana Lía Larrea el Ministerio Público se opuso a la apelación, señalando que la medida de coerción estaba justificada en el veredicto de culpabilidad, dos jueces coincidieron en dar lugar al planteo de la defensa.
"Aunque el fallo no esté firme, está sustentado en un juicio de certeza sobre la responsabilidad y ello debilita la presunción de inocencia", advertía la Fiscalía representada por Fabrizio Medici. No obstante, el juez Echegaray y el juez Correa argumentaron que la prisión preventiva no había sido fundada en el fallo y por lo tanto, según su opinión, no correspondía que fuera otorgada.
Echegaray expresó: "Observo que se omitió, tanto por la Fiscalía al solicitar la medida de coerción, como por el Tribunal al otorgarla, dar argumentos suficientes que permitan evaluar si la medida de coerción se ajusta a los criterios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad".
En ese sentido explicó que fundamentar o motivar una resolución judicial significa consignar las razones que justifican el juicio lógico que ellas contienen, es decir, que el Juez debe exponer en la resolución los motivos que justifican su convicción"; algo que destacó que no sucedió.
En su argumento, el magistrado indicó que el encausado llegó a la etapa de juicio en libertad y por tanto remarcó que tampoco se analizó la conducta demostrada por el acusado durante el proceso, para afirmar la existencia de algún indicio concreto de que este haya intentado eludir el accionar de la justicia.
Además manifestó que el Tribunal dejó de lado el "principio de inocencia", ya que a su criterio debe mantenerse incólume hasta que la sentencia quede firme. En otras palabras, aunque haya una condena sobre los hombros de una persona, aún tiene que ser considerada inocente porque el fallo no está firme.
Si bien Correa adhirió a las consideraciones, la jueza Ana Lía Larrea expresó lo contrario. "Estimo que no corresponde hacer lugar a los agravios de la defensa y, por ende, debe confirmarse la prisión preventiva ordenada por el Tribunal", detalló y agregó: "La prisión preventiva constituye la medida de coerción más eficaz para asegurar la aplicación de la ley".
Pese a su postura contraria, la mayoría ganó y por eso la decisión fue de liberar al hombre acusado y condenado por violar a su hija cuando era una niña. Se desconoce por el momento, si la Fiscalía acudirá a una instancia superior para revertir la ilógica situación.