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En Tupelí

Entró a una casa en 25 de Mayo, golpeó y rompió el celular del dueño del hogar, manoseó a la mujer de la víctima y pidió que cocinen huevos fritos: no irá a prisión

Este martes, Alejandro Enrique Guzmán fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional, por los hechos ocurridos en diciembre pasado. El hombre fue capturado el 31 de enero y la detención fue formalizada el 2 de febrero.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Insólito caso en 25 de Mayo. Un hombre de 30 años fue condenado tras cometer un violento asalto en una casa de Tupelí. Durante varias horas, amenazó al dueño del hogar, abusó sexualmente de su esposa y causó daños en la propiedad. La detención del agresor se concretó en enero de 2025, y su juicio culminó en una condena en febrero del mismo año. Pese a la serie de delitos, zafó de la prisión.

Según los detalles de la denuncia, Alejandro Enrique Guzmán ingresó a la vivienda alrededor de las 19:30 horas del pasado 2 de diciembre, accediendo por el fondo de la propiedad. Armado con un cuchillo tipo tramontina, amenazó al dueño de casa, a quien además le rompió un teléfono celular. La violencia no se detuvo allí: el hombre también tocó las nalgas de la esposa de la víctima por encima de su ropa, para luego golpear al propietario en la cabeza.

El agresor permaneció varias horas en la vivienda, incluso pidiendo que le prepararan unos huevos fritos antes de marcharse. Tras el suceso, las víctimas formularon la denuncia ante la Unidad Fiscal CAVIG, lo que dio inicio a la búsqueda del atacante, quien fue identificado rápidamente gracias a la descripción física proporcionada por las víctimas.

A pesar de que un primer allanamiento en el domicilio del sospechoso no logró su detención, Guzmán fue arrestado finalmente el 31 de enero de 2025 en la vía pública. La detención fue formalizada en una audiencia realizada el 2 de febrero, donde se le dictó prisión preventiva por dos meses.

En una audiencia de juicio abreviado, Guzmán fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional por los delitos de violación de domicilio, amenazas agravadas por uso de arma, abuso sexual simple, lesiones leves, daño y privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de amenazas, conforme a los artículos 45, 150, 149 bis, 119, 89, 183 y 142 inc. 1 del Código Penal.

El tribunal, al considerar que Guzmán no tenía antecedentes penales, impuso además una serie de reglas de conducta, incluyendo la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de las víctimas y abstenerse de realizar actos molestos o turbatorios en su contra.

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