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Sala I de la Cámara Penal

Llega a juicio el caso del abusador de un niño, que cayó in fraganti

El próximo 11 de agosto en la Sala I de la Cámara Penal se llevará a cabo la primera audiencia contra un hombre acusado de haber abusado del hijo de su pareja, un nene de 5 años.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El hecho habría ocurrido en el año 2012, cuando Walter S. se quedó solo en la casa con el pequeño, ya que su madre había salido. El hombre se habría metido en la habitación del menor y concretado el abuso sexual. Fue en ese momento cuando la madre del niño llegó y, al ver la escabrosa escena, radicó la denuncia en la Comisaría 9na de Caucete.
El nene fue examinado por un médico legista que constató que tenía lesiones anales y que además ésta última no habría sido la única, sino que el menor fue abusado en reiteradas oportunidades,  durante un mes, entre octubre y noviembre de 2012.
Este 11 de agosto, a dos años del hecho, comenzará el juicio contra Walter S., quien está imputado por el delito de abuso sexual agravado.
El juicio será  presidido por Silvia Peña Sansó de Ruiz, quien deberá dilucidar qué pasó aquel día con el pequeño y si efectivamente fue la pareja de su mamá quien llevó a cabo los reiterados abusos sexuales.
Por su parte, la defensa de S. está a cargo del abogado penalista no vidente Narciso Godoy. El abogado defensor espera que en la primera audiencia declare la madre, que es quien presenció la aberrante escena, y la abuela del menor.
Además, se tomaría la declaración del médico legista que examinó al niño en un primer momento, cuando la mamá hizo la denuncia.
A Walter S. lo imputan por abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la situación de convivencia. Si se comprueba que el hombre es culpable le podrían dar de 8 a 20 años de prisión según lo estipulado en el artículo 119 del Código Penal Argentino, que consigna lo siguiente:
“Será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando, ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”, dice el Código Penal.
Además, este artículo agrega un agravante en el inciso F, el cual encuadraría en el caso del niño abusado: “La pena será de ocho a veinte años de reclusión o prisión si: f) El hecho fuere cometido contra un menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

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