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Beneficios

Por ley, los pacientes trasplantados tendrán una cobertura integral

La norma recién sancionada les garantiza asitencia médica total, así como el acceso al transporte, la vivienda y pensiones especiales.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Quienes hayan recibido un trasplante o se encuentren en lista de espera para recibirlo contarán con el 100% de cobertura en la atención para el cuidado de su salud. Así lo determinó la Ley Nº26.928 publicada ayer en el Boletín Oficial y que crea un Sistema de Protección Integral para Personas.

El objetivo de la medida es garantizar su cobertura médica total por parte de obras sociales, prepagas y el sistema público, y el acceso al transporte, la vivienda, trabajo, y pensiones especiales, entre otros beneficios. El Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai), con los organismos jurisdiccionales de procuración y trasplante, entregarán a los pacientes los correspondientes certificados que acreditan su situación médica y que les permitirá acceder a los beneficios.

La norma, impulsada por la senadora salteña del Peronismo Federal Sonia Escudero, fue sancionada en diciembre pasado, y alcanza a las personas con residencia permanente en el país que hayan recibido un implante, y se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante (SINTRA) o en lista de espera.

La cobertura integral comprende la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante. Los pacientes también podrán acceder a pasajes de transporte cada vez que necesiten viajar por razones asistenciales.

El Ministerio de Salud de la Nación es el organismo de aplicación de la nueva ley que también promoverá la adopción de planes y medidas que faciliten el acceso a una adecuada vivienda o su adaptación a las exigencias del paciente. Por otra parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social será el encargado de promover programas de empleo, de emprendimiento y talleres protegidos, y garantizar una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez para personas trasplantadas o en lista de espera que estén en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter provisional.

"Los beneficiarios de la nueva ley, que deban realizarse controles en forma periódica, van a gozar del derecho de licencias laborales especiales, sin que esto signifique un causal de pérdidas de presentismo o despido", destacó Escudero, y en los casos en que su situación sea impedimento para el ingreso o continuidad de una relación laboral, será considerado un acto discriminatorio.

(Fuente: Tiempo Argentino)

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