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Investigación

Bebé de dos meses hallada muerta en La Plata: qué reveló la autopsia

La madre de la niña continúa detenida en un hospital mientras atraviesa una evaluación psiquiátrica. El juez federal Alejo Ramos Padilla se declaró incompetente en la causa

Por Redacción Tiempo de San Juan

El caso de Mía, la bebé de dos meses hallada muerta en el obrador de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de La Plata, avanza con novedades decisivas. Los forenses de la Morgue Policial entregaron a la Justicia el informe preliminar de la autopsia a comienzos del mediodía de hoy martes.

Allí, los especialistas de la Policía Bonaerense determinaron que Mía falleció a causa de una “insuficiencia cardiorrespiratoria aguda”, según datos de la causa a los que accedió Infobae. El reporte no apunta a lesiones traumáticas como golpes, puñaladas o una marca de estrangulamiento. La conclusión final, sin embargo, depende de más pericias que se encuentran en curso.

Camila, la madre de la menor, continúa detenida en un hospital platense bajo consigna policial, mientras es evaluada por psiquiatras, ya que diversos testimonios apuntan a que padecería de esquizofrenia. Mientras tanto, el juez federal Alejo Ramos Padilla, que investigó la causa en las últimas 48 horas -la Facultad de Arquitectura es un terreno federal, al ser la UNLP una universidad nacional-, se declaró incompetente y regresó la causa al fuero de instrucción platense, donde había sido investigado por la fiscal Virginia Bravo.

Por qué Ramos Padilla se declaró incompetente

El juez federal -que ordenó una serie de medidas como el levantamiento de rastros en la escena del hallazgo, la propia autopsia, tomas de testimonios y el allanamiento a la casa de la acusada- argumentó que la causa debía regresar a la fiscal Bravo ya que “debe descartarse la afectación de algún interés del Estado Nacional o el de sus instituciones”, de acuerdo a su resolución.

“La víctima fue hallada circunstancialmente en las instalaciones de esa alta casa de estudios, sin que se advierta –como se dijo– la afectación de un interés federal de ningún tipo o naturaleza. En esa línea, debe recordarse que es doctrina pacífica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que la competencia federal es de naturaleza excepcional y restrictiva“, continuó el magistrado.

FUENTE: Infobae

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