Varios consumidores sanjuaninos en contacto con Tiempo de San Juan evidenciaron una situación llamativa. Sucede que se toparon con ferreterías sanjuaninas que ofrecen descuentos a quienes realizan las compras, siempre y cuando no emitan una factura. Esta maniobra no es legal y desde el sector analizaron el fenómeno.
Juan Janavel, presidente de la Cámara de Ferreteros y Repuesteros de San Juan, señaló que, si bien en el interior de la institución no han tomado contacto sobre estas situaciones, entiende que se debe tratar de casos aislados. “Una empresa con un sistema de pago no puede obviar eso, más cuando cobras con crédito, débito o pago registrado, porque se está blanqueando la situación y el comerciante si o si debe emitir la factura para justificar el ingreso”, aseguró.
Sin embargo, en un relevamiento realizado por este medio en distintas ferreterías, confirmaron que utilizan esta estrategia para evitar pagar los impuestos que cobra ARCA a la hora de realizar una venta. “Depende de la condición fiscal que tenga cada comerciante. Si sos responsable inscripto, al hacer una venta grande te pueden ofrecer el descuento de la tasa del IVA que va en la factura y solo te dan un remito”, comentó un empleado de una ferretería céntrica.
Incluso desde otro comercio aseguraron que la “práctica” de no entregar facturas viene desde los proveedores. Así lo señaló un empleado del sector, destacando que son ellos los que ofrecen entregar un remito y descontar el 21% de IVA.
Pese a que hay un reconocimiento sobre este accionar a la hora de vender, desde los locales relevados indicaron que se da con mayor frecuencia en negocios de barrio, aunque hubo quienes pusieron el ojo en las grandes empresas que, al contar con un mayor stock, cuentan con la posibilidad de poder ofrecer la venta sin factura.
¿Qué pasa si un comercio no emite factura?
Omitir la emisión de facturas por operaciones comerciales equivale a no declarar la actividad, lo que implica operar en la informalidad. Esta falta puede derivar en inspecciones por parte de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) y, en casos graves, la pérdida del beneficio de estar dentro del régimen simplificado.
Además, desde abril de 2025, es obligatorio que todas las facturas incluyan la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743” y detallen claramente el monto del IVA incluido en el precio final. El incumplimiento de esta disposición puede resultar en la clausura del establecimiento por un período de 2 a 6 días.
Como cliente, carecer de factura representa una falta de respaldo, es decir, al no haber comprobante legal de la compra se pierde la posibilidad de realizar reclamos por garantía o defectos del producto. Además, si se trata de un revendedor, puede tener complicaciones ante un control, debido a que un remito no se considera documento válido para justificar el origen de la mercadería.