En el Boletín Oficial de la Nación de hoy se publicó la resolución 167/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que establece el plazo de inscripción habilitada para titulares de paradas y/o repartos de ventas de diarios, revistas y afines al Programa de Asistencia y Reconversión de Emergencia. El mismo brinda un beneficio económico de $120.000.
Este programa se estableció el año pasado para aquellos trabajadores que estén debidamente registrados en el Subregistro de Vendedores de Diarios y Revistas, que forma parte del Registro Nacional Integrado de Vendedores y Distribuidores de Diarios, Revistas y Afines. Consiste en un subsidio de $120.000, a entregarse en seis cuotas consecutivas mensuales de $20.000.
La inscripción para recibir el beneficio es desde hoy, 2 de marzo, hasta el 30 de junio inclusive a través del servicio habilitado en la página web de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).