A diciembre le quedan pocos días y en el calendario de feriados quedan exactamente tres jornadas. Se trata de los días lunes 7, el martes 8 y el viernes 25 de diciembre.
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SUSCRIBITEA diciembre le quedan pocos días y en el calendario de feriados quedan exactamente tres jornadas. Se trata de los días lunes 7, el martes 8 y el viernes 25 de diciembre.
En los dos primeros casos se trata son feriados con fines turísticos, tal como definió el Gobierno nacional en el calendario oficial. El 8 de diciembre, Día de la Concepción de la Inmaculada Virgen María, en realidad es un feriado inamovible, pero se le añade el lunes 7 para formar una especie de fin de semana “XL”.
Sin embargo hay muchos trabajadores que tendrán que prestar sus servicios esos días. Por eso, ¿cómo se pagan los días lunes 7 y martes 8? Al tratarse de feriados, el Gobierno nacional establece que tanto organismos gubernamentales, así como las empresas y negocios privados, están obligados a otorgarles el día a sus empleados o, en caso contrario, liquidarlo según lo establece la ley.
Quienes trabajen esos días percibirán una remuneración normal más una cantidad igual, según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo. Así mismo es importante aclarar que si el empleado no trabaja, no se le descontará el día.
Trabajadores mensualizados: percibirán el salario calculado de dividir por 30 el importe del sueldo que tenía asignado el trabajador en el mes correspondiente al día feriado.
Trabajadores jornalizados: se debe tomar el importe que le hubiese correspondido percibir en la jornada anterior al feriado.
El restante feriado de diciembre 2020 es Navidad (25 de diciembre). Se paga de igual manera al empleado. Vale aclarar que tanto el 24 y 31 de diciembre la actividad es normal, más allá de las adaptaciones de horario.
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