El blanqueo de capitales sobre el cual el Gobierno tiene
puestas enormes expectativas, pasará por un primer examen de exigencia: hoy
vence el plazo para la apertura de las cuentas bancarias especiales en las que
los contribuyentes deberán depositar -antes del 21 de noviembre- el dinero en
efectivo a regularizar.
Las entidades bancarias cambiaron la percepción en las
últimas dos semanas, ya que al acercarse la finalización del plazo se aceleró
la apertura de cuentas después de un inicio con presentaciones muy escasas.
Ahora, en el sector financiero estiman que ingresará en los próximos 20 días un
total de efectivo a blanquear de aproximadamente 5.000 millones de dólares.
Por otro lado, también hoy cerrará el plazo para que los
contribuyentes que cumplieron en tiempo y forma con la presentación de las
declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales
confirmen esos datos y se beneficien con el "tapón fiscal”, que implica que no
se les podrá hacer reclamos sobre ejercicios anteriores (ver más información en
nota aparte).
Originalmente, ambos plazos vencían el último día de
octubre. Sin embargo, ante las demandas de los propios bancos y de los concejos
profesionales de ciencias económicas, la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) aceptó desdoblar el trámite, separando la fecha de habilitación
de las cuentas del momento del depósito del dinero en efectivo.
Así, se otorgaron tres semanas más de tiempo para ingresar
el dinero a exteriorizar en el régimen de sinceramiento fiscal.
En los considerandos de la resolución 3947, publicada en el
Boletín Oficial del viernes 21 de octubre, la AFIP argumentó que se otorgaba la
prórroga porque "el Banco Central de la República Argentina ha puesto en
conocimiento de este organismo la preocupación manifestada por las Asociaciones
de Bancos respecto de la imposibilidad de atender, dentro de los plazos legales
previstos, las demandas operativas referidas al sistema voluntario y
excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás
bienes en el país y en el exterior”.
"Se considerará realizado en término el depósito de las
tenencias de moneda nacional o extranjera en efectivo en el país siempre que al
31 de octubre de 2016 se hubiera efectuado en una entidad financiera la apertura
de una o más de las cuentas y se efectivice el mismo hasta el 21 de noviembre
de 2016, inclusive, habiendo cumplido hasta esa fecha los restantes requisitos
establecidos”, añadió la AFIP.
Pero hubo además un factor no previsto en los planes
oficiales. Al borde de la finalización del plazo para la apertura de cuentas,
el viernes pasado hubo un paro nacional de trabajadores bancarios. Esto generó
inconvenientes para quienes intentaron hacer los trámites antes del fin de
semana. Por eso, hubo entidades que anunciaron que mantendrían una atención
especial el sábado. Pero la única entidad que logró hacerlo físicamente fue el
HSBC. El banco internacional abrió distintas sucursales en la Capital Federal y
en provincias. En cambio otras entidades financieras habilitaron la operatoria
a través de sus páginas web para poder realizar la apertura de cuentas.
Una de las razones por las cuales la atención bancaria se
organizó de esa forma fue por la posición de La Bancaria, el gremio que nuclea
a los trabajadores del sector, que se opuso a que sus afiliados debieran
trabajar sábado y domingo.
El ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso Prat-Gay,
expresó la semana una visión optimista acerca de los resultados del blanqueo y
aunque evitó aportar cifras, pronosticó que los números que se conocerán tras
esta primera etapa demostrarán el éxito del régimen.
De todos modos, los analistas financieros advierten que las
cifras de este primer vencimiento sólo servirán para marcar una tendencia, dado
que solamente se conocerá la cantidad de cuentas abiertas en los bancos y
estará disponible un balance parcial de los fondos depositados.
Por otra parte, los expertos contables remarcan que si un
contribuyente no se presenta al blanqueo y la AFIP detecta en el futuro algún
bien no declarado la pretensión fiscal podría superar el valor del activo no
declarado. Sólo quedan a salvo de este criterio los bienes adquiridos en años
ya prescriptos, en el caso actual aquellos con anterioridad a 2009.
El régimen tampoco admite la presentación parcial, sólo por
algunos de los bienes no declarados. Si se realiza una adhesión parcial y en el
futuro, algún otro bien no declarado es detectado por la AFIP, implicará,
además del reclamo por ese incremento patrimonial no justificado, la pérdida de
los beneficios del blanqueo, derivando en un reclamo que resultará sumamente
significativo.