La Asociación de Viñateros Independientes de San Juan, la
Federación de Viñateros de San Juan, el Centro de Viñateros y Bodegueros del
Este y Asociación de Productores del
Oasis Este de Mendoza (APROEM) acordaron 8 puntos con los que buscan revertir
la actual crisis vitivinícola, entre ellos, que se derogue la ley de creación
de la COVIAR, brazo ejecutor del Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI).
Esta y otras siete medidas fueron presentadas a los
gobernadores actuales y electos de San Juan y de Mendoza, con la sugerencia que
su reglamentación y operatividad queden firmes y determinadas en un plazo de 15
días.
A continuación, el documento presentado por los viñateros:
Las entidades abajo firmantes referentes vitivinícolas
de las Provincias de Mendoza y San Juan se dirigen a Uds. a fin de solicitarles
anuncien inmediatamente el compromiso de ambas gobernaciones de poner en
vigencia al momento de su formal asunción, las políticas vitivinícolas que a
continuación proponemos y que ordenaran la cosecha de uvas 2016 de ambas
provincias.
1.Derogar
la ley 6.216/94 y 6.543/94 que ratifican el TRATADO MENDOZA- SAN JUAN,
celebrando entre ambas provincia el 17 de noviembre de 1994.
2.Acordar
un esquema de diversificación regional de la producción de uvas que contemple
diversas opciones de elaboración de productos que no tengan como destino de
comercialización el mercado interno o se destinen a uso no vínico. El
porcentaje de diversificación que se acuerde podrá cumplirse
elaborándose el total y/o parcial de dichas uvas con destino a:
mostos, y/o a caldos para destilación, vinagre, base vino de otros
productos, usos no vínicos, etc. etc., y/o a vinos con único destino a
exportación mediante
indisponibilidad controlada y fiscalizada por el Instituto Nacional de
Vitivinicultura. No se admitirán compensaciones y/o excepciones al
cumplimiento de la diversificación del porcentaje de la producción de uvas que
acuerden ambos gobiernos cada año.
3.Prever la
disponibilidad de recursos necesarios para ser aplicados a créditos de cosecha
y acarreo; fomento y/o estímulo para la diversificación propuesta.
4.El
INV deberá tomar los recaudos suficientes para elaborar y publicar la primera
estimación de cosecha de uvas no más allá del 20 de diciembre 2015.
5.Proceder
a la inmovilización e indisponibilidad del 20% de las existencias totales de
vino al 15/11/2015 y complementariamente diseñar un fideicomiso a fin de
proceder a la compra de dichos vinos con el objetivo de exportarlos, desnaturalizarlos y destinarlos a destilación, en las condiciones y plazo que se acuerden.
6.Anunciar
que la fecha de liberación de vinos de la vendimia 2016 será el 01/08/2016.
7.Determinar
que a partir del 01/01/2016 queda prohibida la plantación de nuevos viñedos. El
INV deberá garantizar tal impedimento.
8.Impulsar
la derogación de la ley 25.849/04 que CREA LA CORPORACION VITIVINICOLA
ARGENTINA - COVIAR - DESTINADA A GESTIONAR Y COORDINAR LA IMPLEMENTACION
DEL DENOMINADO PLAN ESTRATEGICO ARGENTINA VITIVINICOLA 2020. Tal solicitud se
sustenta en que dicha corporación NO ha logrado los resultados esperados; su
sostenimiento económico es un verdadero impuesto sin retorno; se ha desnaturalizado
su norte estratégico y NO resolvió los problemas estructurales que diagnosticó
en su momento. Mientras ello ocurre ambas
provincias deberán propiciar la suspensión del cobro de la contribución
obligatoria.