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Análisis

Ciclistas y seguridad en ruta, complicada relación en San Juan

El accidente de Pereyra pone en el tapete la presencia de los ciclistas en las rutas sanjuaninas y los riesgos que corren ellos y el resto de los conductores.

Por Redacción Tiempo de San Juan

San Juan, cuna del ciclismo, tiene a esta disciplina como una de las más florecientes en la provincia, con adeptos crecientes de todas las edades y de todas las categorías. Así, es común ver a pedaleros amateurs y profesionales salir a copar las rutas -sobre todo a la hora de la siesta-, a veces en solitario pero muchas más en pelotones, lo que trae serias dificultades en el relacionamiento con el sistema de tránsito. Las preferidas son la Ruta del Sol y la 12, pero también se ven en Albardón y Pocito. 

Con los autos, camionetas y camiones se corre un riesgo importante, como así también entre los mismos ciclistas, basta que caiga uno para que lleve consigo gran parte del pelotón que lo acompaña. En algunas rutas, por sectores hay bicisenda, pero raramente son usadas por los usuarios de bicis de ruta y mountain bike, que levantan grandes velocidades. El poco respeto a las señales de tránsito y otras imprudencias por parte de los conductores y pedaleros cuando se encuentran en la misma línea de circulación son importantes focos de alerta y no se ha visto avances legislativos ni de conducta en los últimos años.

"Son cosas que pasan en todo el mundo", opinó el presidente de la Federación Ciclista Sanjuanina, Juan José Chica sobre los accidentes de ciclistas mientras entrenan. Y sobre si hace falta disponer un lugar especial de entrenamiento, analizó que "¿dónde corres la carrera? en la ruta, entonces ahí se debe seguir entrenando. A Elías justo le tocó, es fortuito". 

No hay normativas provinciales que obliguen a los ciclistas a ir por bicisendas, pero sí suele ser una recomendación constante de la Policía.  

 

Esto es lo que dice la Ley Nacional de Tránsito sobre los ciclistas (Art.31):

"Además del estricto cumplimiento de las normas de esta ley, como vehículos dentro del tránsito que son, deberán guardar, entre otras razones, como requisito elemental de subsistencia dentro del peligroso tránsito argentino, las siguientes obligaciones: (Art. 40 bis, incorporado por ley 25.965) Las bicicletas estarán equipadas con frenos, espejos retrovisores en ambos lados, timbre o bocina, permitiéndose un solo ocupante, con excepción de una breve carga o niño ubicado en un asiento especial, elementos retrorreflectivos en pedales y ruedas, y luces (una luz blanca, hacia adelante y otra roja hacia atrás). Reglamentación. El color rojo se utilizará para las superficies vistas desde la parte posterior. El conductor llevará puesto un casco protector. (Es obligatorio en todas las provincias que hayan adherido a la modificación introducida por la mencionada ley 25.965).

 



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