Finalmente el Gobierno de San Juan decidió adherirse al DNU del Gobierno Nacional que indica el aislamiento social, preventivo y obligatorio en los departamentos Rawson y Capital, aunque con excepciones. Tras el análisis del Comité Covid-19, las autoridades provinciales confirmaron que harán uso del artículo 14 de dicho decreto y podrán seguir funcionando las actividades referidas a la industria, servicios, comercio, deporte y recreación, bajo estrictos controles de monitoreo epidemiológico y de protocolos.
La medida nacional anunciada por el presidente Alberto Fernández indica el confinamiento en algunas ciudades del país hasta el 25 de octubre, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus. Entre las ciudades que incluye está en San Juan Capital y Rawson; en Mendoza Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato; en La Rioja Capital y Chilecito y en San Luis General Pedernera.
"Que en los aglomerados urbanos, departamentos y partidos de las jurisdicciones provinciales con hasta 500.000 habitantes, se mantiene la facultad de los gobernadores con el fin de decidir nuevas excepciones al cumplimiento del “ASPO” y a la prohibición de circular, en atención a la evolución de la situación epidemiológica, para personas afectadas a determinadas actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas, con la implementación del protocolo respectivo que cumpla con todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional", dice uno de los apartados de la disposición nacional. Es en base a esto que la administración local hizo uso de la excepciones.
No estarán habilitadas las siguientes actividades (las mismas que en la fase 3)
1. Eventos: sociales, políticos, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia masiva de personas.
2. Cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, que impliquen la concurrencia de personas.
3. Servicio Público de Transporte de pasajeros interjurisdiccional e internacional (el transporte interdepartamental se encuentra habilitado para servicios esenciales).
4. Turismo interno.
5. Reuniones Sociales.
En los lugares donde se mantiene vigente la medida de ASPO (Rawson y Capital), se encuentran habilitadas actividades económicas, industriales y de servicios, así como actividades recreativas individuales y deportivas, las que conforme a las excepciones del DNU 792-20, artículo 14, son ratificadas en su habilitación con los correspondientes protocolos.
Los intendentes de Capital y Rawson se reunirán este martes 13 de octubre con el Comité COVID-19 para extremar controles en cada uno de los departamentos. Entre algunas de las disposiciones que establecerán los municipios, será concientizar sobre la importancia de la no circulación en la vía pública.
El Ministerio de Salud de San Juan remitirá al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que este requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario.
Se mantienen vigentes, las previsiones de protección para los trabajadores mayores de sesenta (60) años de edad, embarazadas o personas incluidas en los grupos de mayor riesgo.
Durante la vigencia del distanciamiento y aislamiento social, preventivo y obligatorio las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos (2) metros, utilizar barbijo en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.
Mientras que dispone que los departamentos restantes de San Juan seguirán con el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).