No son pocas las historias conocidas de adopciones que terminan mal, con niños que son retirados de los hogares que los recibieron. Incluso, en los últimos días San Juan presenció dos casos que conmovieron la opinión pública. En el primero, el trámite se hizo de forma legal, pero la Justicia luego determinó que la pareja que recibió tres niños, devolvió a las dos nenas mayores y luego les retiraron el tercero, ya que había serios problemas en el trato hacia los chiquitos.
El segundo caso es más “normal” para la Justicia sanjuanina, pero no por eso menos grave. Se trata de una pareja joven que recibió de brazos de la madre biológica un bebé y supuestamente pidieron a un abogado que iniciara los trámites de adopción. Esto derivó en que la Justicia, al conocer esta maniobra, les quitara al bebé y se hiciera cargo de la guarda.
La historia de la pareja sucedió hace alrededor de un año y generó una fuerte respuesta en las redes sociales, donde la mayoría los apoyó. “Pero por qué hacen eso si el bebe está bien está contenido… Tiene padres q lo quieren por qué carajo no les dan la oportunidad de iniciar su trámite d adopción sin quitarles la criatura… ¿No se dan cuenta que hacen sufrir a una familia?”, comentó Natalia, una usuaria en la nota publicada en otro medio.
A pesar de los sentimientos de la lectora ante el relato del dolor de la pareja, lo que hizo la Justicia sanjuanina es exactamente lo dicta el código civil Argentino, que prohíbe expresamente la entrega directa de un bebé. Incluso esta es una de las maniobras ilegales contra la que tiene que luchar constantemente el Estado en los casos de adopciones ilegales.
Esta norma busca que los niños sean tomados como sujetos de derecho y no como un “bien” que los padres biológicos entregan a otras personas. Es que entre los derechos de las criaturas está que sean protegidos por familias que antes fueron evaluadas y calificadas de forma positiva por los especialistas de los juzgados.
María Julia Camus, jueza de Menores y quien antes se encargaba de las adopciones en la provincia, reconoció que durante 2016 tuvo que intervenir en dos casos de esta naturaleza en la provincia. “No son comunes, pero sucede”, explicó la magistrada. “También se dan casos de la entrega de la guarda a familiares, algo que sí está contemplado por el Código Civil, pero estos deben ser también tramitados de forma legal”.
Las parejas o familias que quieran recibir un hijo en adopción deben tener en cuenta que ninguna maniobra por fuera de los juzgados puede terminar en una adopción, ya que sólo se hace entrega de las guardas a quienes están asentados en el registro de adoptantes. Testigo de esto es uno de los casos de 2016, en el que retiraron al menor de la familia a la que se los entregó la madre biológica. El menor fue primero a manos del Estado y luego fue a parar a otra familia que estaba inscripta con anterioridad.
Además de que la Justicia no entrega a los niños bajo este sistema, los que quieren adoptar pueden enfrentarse a otro problema: que la madre biológica tiene la posibilidad de dar marcha atrás en cualquier momento. Esto se debe por un lado a que los que reciben el niño no están amparados por la ley y por otro porque la madre no tuvo asistencias de profesionales para asegurarse de esta relación. Fue esto lo que sucedió en el segundo caso que relató Camus del 2016, donde finalmente su juzgado falló a favor de la madre biológica para que recuperara a su hijo.
Otros "métodos" que usan los adoptantes
La entrega de niños de parte de las madres biológicas es algo que ocurre desde hace años. Incluso Camus recordó un caso en el que las partes "firmaron un contrato frente a un abogado", aunque esto tampoco tuvo ninguna validez.
Pero además hay otras maniobras que utilizan y que los juzgados se encargan de desmantelar. Uno de estos es que el hombre de la pareja asegure que el niño es su hijo biológico con otra mujer, aunque para acreditar esto luego les piden un examen de ADN.
En la actualidad quienes se dedican a definir las adopciones ya no son los juzgados de Menores, sino que están bajo la órbita de los Juzgados de Familia. María Julia Camus sólo interviene en los casos que antes de marzo de 2017 ingresaron a su juzgado.