El pasado 11 de mayo las fotos de abuelos en supuesto estado de abandono conmovió a la provincia y esto alertó sobre la situación de los geriátricos en la provincia. Una semana después la diputada provincial Cristina López presentó un proyecto que modifica profundamente las normas que regulan los geriátricos.
El proyecto propone modificar la actual Ley 575-S para mejorar los derechos de los adultos mayores dentro de los geriátricos y aumentar los controles a las instituciones.
Uno de los cambios fundamentales es que en la actual ley las residencias de adultos mayores están bajo la órbita de una secretaría que ya no existe. Es que en la ley dice que los geriátricos dependen de la Secretaría de Salud Pública, que desde hace años se convirtió en el Ministerio de Salud Pública.
Esta nueva norma exigirá mayores controles, ya que en la ley anterior sólo exigen "controles periódicos”, mientras que la nueva norma pedirá que se hagan al menos 4 al año. Además los familiares de los ancianos podrán consultar con mayor facilidad la nómina de instituciones autorizadas, ya que el proyecto pide "mayor visibilidad en la página web del Ministerio de Salud.
Otro de los puntos que cambiarán en la legislación es que las personas podrán ingresar a las residencias desde los 60 años, coincidiendo con el inicio de la tercera edad.
Leé el proyecto completo de la Diputada Cristina López:
Proyecto de Ley (Expediente Nº 1180)
Modificación de la Ley 575-S
Autoría: Diputada Cristina López
La modificación de la Ley Nº 575-S sobre Residencias Geriátricas tiene como objetivo resguardar el bienestar del adulto mayor, desde una perspectiva de derecho en el marco de las convenciones internacionales suscriptas por nuestro país. En este marco, el proyecto de ley que presentamos se explicitan, a partir de la incorporación del artículo 19 bis, los derechos que los adultos mayores que viven en las residencias geriátricas en tanto habitantes del lugar. Esta incorporación que define al adulto mayor como sujeto de derecho revaloriza y redefine el resto de las acciones que contempla la Ley 575- S.
Asimismo se reduce la edad de ingreso, homologándola con la equivalente al concepto de adulto mayor, que en Argentina coincide con el umbral etario de retiro del mercado de trabajo para las mujeres, 60 años.
Se Actualiza la autoridad de aplicación debido a que ya no existe la Secretaria de Estado de Salud Publica porque se elevó a rango de Ministerio de Salud Pública.
Se modifica el artículo 26 que decía que las inspecciones debían hacerse periódicamente; se sugiere que por lo menos sean 4 veces al año a fin de cumplir con el objeto de la ley y la reglamentación vigente.
Por otra parte, se modifica el artículo 27 de la ley, donde se expresa la necesidad de realizar campañas de difusión sobre adultos mayores y publicar, al menos dos veces al año, en el medio de comunicación gráfica de mayor alcance, y en forma permanente en la Página Web del Ministerio de Salud Publica el registro actualizado de las Residencias Geriátricas, públicas y privadas habilitadas.
Finalmente, se incluye el artículo 27 bis que establece que las Residencias Geriátricas deberán colocar en lugar visible de la fachada del establecimiento un cartel identificatorio en el que se inscribirá su categoría y denominación a efectos de hacer pública su situación.