Este domingo se podría repetir un fenómeno que se viene dando en las numerosas citas electorales de este año: el votante que manifiesta su decepción con la política a través del “no voto”.
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SUSCRIBITEEste domingo se podría repetir un fenómeno que se viene dando en las numerosas citas electorales de este año: el votante que manifiesta su decepción con la política a través del “no voto”.
Este “no voto” se da de distintas maneras, el voto en blanco, el voto nulo, o directamente no asistir a sufragar.
El voto en blanco está reconocido por la ley electoral como esta chance que tiene un elector de sentar una opinión. La Cámara Nacional electoral lo define como "una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos". Es decir, es un voto válido, no afirmativo.
Este voto en blanco no se contará en el resultado final, ya que la ley establece que una fórmula será consagrada ganadora en primera vuelta cuando “hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos”.
También serán triunfador el 22 de octubre quien “hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos”.
De esto se puede colegir que el voto en blanco acerca a la fórmula más votada a su objetivo. Un ejemplo: sobre 100 votos emitidos, un candidato para alcanzar el 40% necesita obtener 40 votos. Pero si de esos 100 votos, 20 son en blanco, con esos 40 votos el candidato alcanzará el 50%.
Es decir, que con la misma cantidad de votos que en las PASO, un candidato obtendría un porcentaje mayor, ya que los votos en blanco no se cuentan.
En un balotaje, el voto en blanco aplica de la misma manera que en las generales.
