El escenario en la previa al nuevo encuentro entre el Gobierno de San Juan y los sindicatos se presentó fragmentado. Mientras UDAP marcó su posición de posible acuerdo mediante el plenario, la Unión Docentes Argentinos (UDA) comunicó formalmente su rechazo. Desde UDA argumentaron que la oferta no es equitativa y resulta regresiva para la jerarquización de la carrera, criticando especialmente que se otorguen sumas fijas "por fuera del básico" y que la cláusula de revisión dependa de la recaudación provincial y no estrictamente de la inflación.
Por otro lado, la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET) informó pasado el mediodía que por mandato mayoritario no acepta la propuesta, específicamente el bono de $100.000 considerando que es una suma "en negro" (no es remunerativo ni bonificable). Su secretario general, Daniel Quiroga, informó a TIEMPO DE SAN JUAN que las redes sociales del gremio fueron hackeadas para publicar una aceptación falsa cuando todavía no se tomaba una decisión.
En este marco, las partes pactaron reunirse nuevamente hoy miércoles 18 de marzo desde las 14 horas y se sabrá si se descomprime el conflicto.
La oferta salarial
En una nueva reunión paritaria llevada a cabo este lunes 16 de marzo, el Gobierno de San Juan y los gremios docentes UDAP, UDA y AMET participaron de la octava sesión de la primera reunión paritaria del 2026.
En el encuentro, presidido por los ministros de Economía, Finanzas y Hacienda, Roberto Gutiérrez, y de Educación Silvia Fuentes, el Ejecutivo presentó una nueva propuesta superadora a los gremios, que representa el máximo esfuerzo ofrecido. La misma consiste en:
MARZO
Incrementar para el mes de marzo de 2026 el valor índice en 5%, con base del valor índice de diciembre 2025.
Incrementar en 6 puntos el código A01 en el nomenclador docente para el mes de marzo 2026.
Incrementar en 6 puntos el código E60 para el mes de marzo 2026.
Otorgar una suma mensual de cien mil pesos ($100.000,00) no remunerativa, no bonificable, a partir del mes de marzo 2026 en adelante, por un solo cargo, para cargos docentes del decreto N° 1890-2022 (Mod. Por Decreto N° 197-2020) (Mod. Por Decreto N° 1900-2023), a saber:
98 – Ayudante de Secretaría
116 – Maestro de Grado de Educación Primaria Jornada Simple
117 – Maestro de Grado Educación Primaria Adultos
118 – Educador de PRO.P.A.A.-Educación Primaria
119- Maestro de Grado Opción
120 – Maestro Educación Inicial Jornada Simple
121 – Maestro de Grado Educación Especial
122 – Maestro de Grado/Inicial/Especial de Educación en Contextos de Encierro/Domiciliaria u Hospitalaria
124 – Maestro de Grado Centro de Formación Profesional
125 – Maestro Enseñanza Práctica Escuela de Capacitación Laboral
126 – Maestro Enseñanza Práctica/Educación Secundaria Técnica o Agrotécnica
128 – Maestro de Cultura Rural y Doméstica
129 – Maestro Ayudante de Enseñanza Práctica de Educación Secundaria Técnica
130 – Maestro de Grado (Escuela Normal)
131 – Maestro de Enseñanza Práctica (cargos residuales de escuelas normales)
134 – Maestro de Especialidades-Educación Inicial y /o Primaria-Jornada Simple
135 – Maestro de Especialidades de Educación Especial
136 – Maestro de Especialidades de Educación en Contextos de Encierro-Domiciliaria u Hospitalaria
137 – Maestro Especial (Centro Polivalente de Arte)
138 – Profesor de Centro de Educación Física N°20
139 – Profesor asistente de Trabajos Prácticos (Instituto de Educación Física)
141 – Ayudante de Trabajos Prácticos / Ayudante de Clases Prácticas
142 – Ayudante Técnico de Trabajos Prácticos / Ayudante de Trabajos Prácticos de Laboratorio-Educación Secundaria y Superior
143 – Ayudante de Misión Monotécnica
145 – Ayudante de cátedra (Centro Polivalente de Arte)
151 – Maestro Celador de Educación Especial
152 – Bibliotecario-Educación Secundaria/Superior/Biblioteca del Magisterio
153 – Preceptor de Educación Secundaria o de Educación Superior
154 – Preceptor de Educación Secundaria Educación en Contexto de Encierro
184 – Preceptor-Educación Secundaria Adultos
Otorgar una suma mensual de cincuenta mil pesos ($50.000,00) no remunerativa, no bonificable, a partir del mes de marzo de 2026 en adelante, por un solo cargo, para la categoría 166 del decreto N° 1890-2022 (Mod. Por Decreto N° 197-2020) (Mod. Por Decreto N° 1900-2023) a saber:
166
Maestro Grado Jornada Extendida
Incrementar la bonificación remunerativa denominada radio:
Incrementar Radio 4 de 90% a 95%
Incrementar Radio 5 de 110% a 115%
Incrementar Radio 6 de 130% a 135%
Incrementar Radio 7 de 150% a 155%
ABRIL
Otorgar un bono de ciento veinte mil pesos ($120.000,00), no remunerativo, no bonificable, por única vez, por CUIL, proporcional en horas cátedra, pagadero a la fecha quince de abril de dos mil veintiséis.
MAYO
Incrementar para el mes de mayo de 2026 el valor índice en 2%, con base del valor índice del mes de marzo 2026.
Incrementar en 4 puntos el código A01 en el nomenclador docente para el mes de mayo 2026.
JUNIO
Incrementar para el mes de junio de 2026 el valor índice en 3%, con base del valor índice del mes de mayo 2026.
Implementar para el mes de junio de 2026, cláusula de revisión (gatillo) en función a la evolución de la economía y situación fiscal de la Provincia.
Así mismo, el Ejecutivo propuso empezar a trabajar a partir del segundo semestre en el análisis de la situación de Jáchal y Caucete respecto a radio docente.