El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) implementó un cambio clave para sus afiliados. Ya no será necesario presentar la declaración jurada para acceder al subsidio social que garantiza la cobertura del 100% en medicamentos.
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SUSCRIBITEAnte los reclamos de jubilados, el PAMI implementó una reforma clave.
El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) implementó un cambio clave para sus afiliados. Ya no será necesario presentar la declaración jurada para acceder al subsidio social que garantiza la cobertura del 100% en medicamentos.
Esta modificación busca agilizar el trámite y facilitar el acceso a los tratamientos esenciales.
Ahora, los jubilados pueden dirigirse directamente a una agencia de PAMI con su DNI y credencial de afiliado, con o sin turno previo. En el lugar, el personal administrativo cargará los datos necesarios en el sistema. Si el solicitante cumple con los requisitos, el subsidio se activará de inmediato.
El proceso elimina la burocracia de los formularios en papel y garantiza que los medicamentos puedan retirarse en las farmacias sin demoras. Además, la renovación del subsidio será automática cada seis meses, gracias al cruce de datos entre PAMI, los médicos de cabecera y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Aunque ya no se pide la declaración jurada, es obligatorio presentar:
Si el afiliado solicita hasta cuatro medicamentos, el trámite se realiza en el acto. Para cinco o más, se requerirá que el médico de cabecera complete un formulario que avale la solicitud.
El trámite también puede iniciarse a través del sitio web de PAMI. Los pasos son los siguientes:
El sistema verifica automáticamente la información y cruza datos con ANSES. Una vez completado, se genera un número de caso para consultar el estado del trámite, que se resuelve en un plazo de 24 horas.
El subsidio está disponible para quienes cumplan con estas condiciones:
Si no se cumplen los requisitos básicos, se puede solicitar la cobertura mediante una vía de excepción. Esto es, siempre que los medicamentos representen un gasto igual o mayor al 15% de los ingresos del afiliado.