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Protesta

Organismos periodísticos dan la alarma por el veto a la información pública

El gobierno de Javier Milei emitió un decreto que "por amplio y vago" podría eximir los funcionarios de dar información pública.

Por Guido Berrini

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifestó su preocupación por el decreto que dictó el Gobierno nacional por el cual se modificaron reglamentaciones de la Ley de Acceso a la Información Pública.

Según Adepa, el decreto 780/2024, contiene excepciones “que, por su amplitud y vaguedad, podrían habilitar a los funcionarios a incumplir su obligación de permitir el acceso a la información pública bajo el pretexto de genéricos ‘daños y perjuicios’ o con fundamento en un supuesto 'interés público'".

En esa línea, la entidad consideró que esas restricciones "podrían afectar tanto el respeto de los principios receptados por la ley como los estándares constitucionales e internacionales en esta materia".

Además, la institución sostuvo que esas modificaciones podrían ocasionar "aplicaciones restrictivas" e incompatibles con el texto legal, con los principios constitucionales y con los tratados internacionales que imponen el acceso irrestricto a toda información que se vincule con el desempeño de los funcionarios públicos".

A su vez, en el escrito publicado, Adepa le recordó al Poder Ejecutivo los "principios consagrados en el artículo 1° de la Ley de Acceso a la Información, y que se encuentran fuera del alcance de la competencia regulatoria del Poder Ejecutivo, figuran los de ‘presunción de publicidad’, ‘máxima divulgación', ‘máximo acceso’, 'alcance limitado de las excepciones'" e "in dubio pro petitor" ("ante la duda, a favor del peticionante").

Para Adepa, uno de los cambios más preocupantes del decreto marcha por el alcance de las definiciones de información pública y documento, establecidos en el artículo 3º del texto original. En ese punto, el Gobierno estableció que "no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la Ley N° 27.275 y su modificatoria".

Según la institución, la definición original de esa Ley prescribía que información pública es "todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la presente ley generen, obtengan, transformen, controlen o custodien".

En ese contexto, Adepa dejó en claro que los "funcionarios públicos tienen derecho a la privacidad y que en todo gobierno democrático pueden existir aspectos muy específicos que deban permanecer temporalmente fuera del conocimiento público, se trata de casos excepcionales, a los que sólo puede llegarse luego de acreditar la necesidad inaplazable de impedir que la ciudadanía conozca acabadamente la actividad de sus mandatarios".

"El secreto es, en ocasiones, un remedio inevitable para el sostenimiento de un régimen democrático. Su extensión más allá de lo excepcionalmente necesario precipita a una pendiente que imposibilita hacer efectiva la responsabilidad pública de las autoridades. Y es una manera de socavar las bases republicanas del país", subraya el documento difundido por Adepa.

Para concluir, Adepa consideró que "necesario que el Poder Ejecutivo revise este tipo de reglamentaciones que desnaturalizan lo preceptuado por la ley, la Constitución y los estándares interamericanos de derechos humanos".

FOPEA también manifestó preocupación

El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) rechazó los cambios que Javier Milei introdujo en la reglamentación de la ley de Acceso a la Información Pública y advirtió que implican “un grave retroceso democrático”, ya que al limitar los datos que deben ser proporcionados “desalienta la participación ciudadana en los asuntos del Estado y oscurece la gestión pública”.

Fopea dio a conocer un comunicado en el que sostuvo que el decreto 780/2024 “contiene restricciones al derecho de acceso a la información pública que lesionan su efectiva vigencia”. Advirtió que establece “límites a la interpretación de los asuntos de interés público” no previstos por la ley; entre ellos, “el alcance del concepto de ‘información pública”, porque excluye a la información que hace al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar “a una esfera típicamente doméstica”. Fopea también cuestionó la limitación del término “documento” previsto en la ley, “al señalar que ‘las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público”.

Fopea señaló que -tal como lo establece la ley- debe presumirse como regla que toda la información que existe en poder de órganos públicos puede y debe ser divulgada. “Ponemos de manifiesto hoy, tal cual lo hicimos en 2016 cuando la ley se sancionó, que son los ciudadanos los dueños de la información pública y no el Estado, por lo que el permitir su conocimiento no es una concesión discrecional de los gobiernos sino un imperativo normado”, afirmó.

Fopea subrayó que limitaciones como las que prevé el decreto atacan “todos los principios de transparencia activa” y citó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que alertó que “en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica del público y esa diferencia se explica porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente”. El tribunal internacional afirmó que las actividades de los funcionarios “salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público” y explicó que “este umbral no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza”.

El registro de solicitantes

Fopea también sostuvo que le preocupa especialmente “el artículo que pretende confeccionar un registro dirigido a identificar al solicitante, el contenido de la solicitud y la respuesta brindada ‘con el fin de agilizar y facilitar la respuesta de nuevas solicitudes cuyo contenido coincida con el de otras evacuadas previamente”.

El foro de periodistas recordó que la Organización de la Naciones Unidas advirtió que no es concebible un Estado en el que existan “secretos” o informaciones privilegiadas porque esto significaría que se actúa en función de algún “interés particular” desnaturalizando la propia concepción de la democracia.

“Ninguna modificación administrativa puede significar un retroceso en la garantía del derecho, tal como se pretende con este decreto publicado hoy en el que incluso se habla de ‘abuso en el ejercicio’ de petición por parte de los solicitantes”, sostiene el comunicado.

Fopea destacó que el acceso a la información es un “instrumento clave” para el ejercicio de otros derechos, tales como los económicos, sociales y culturales.

Destacó que se trata de un derecho que “no puede ser restringido mediante un decreto del Poder Ejecutivo, sino únicamente por una ley dictada por el Congreso, de conformidad con los estándares internacionales que rigen la materia”.

En una entrevista con Luis Majul en LN+, Milei se refirió este domingo a Fopea en tono de burla. Dijo que él no pagaba “pauta”, a diferencia del gobernador Axel Kicillof, quien según Milei, sí les paga a medios que agreden e injurian al Gobierno. “Si usted los señala, va Fopea y llora”, dijo.

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