domingo 16 de marzo 2025

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Tiempo de San Juan. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Relevamiento

¿Milei cometió un delito al promocionar $LIBRA en X? El análisis de abogados de San Juan

El escándalo del tuit del presidente de la Nación tuvo denuncias en Argentina y en Estados Unidos. Esta decisión podría tener repercusiones en la Justicia, pero también implicancias políticas.

Por Ana Paula Gremoliche

El viernes por la noche, el presidente de la Nación, Javier Milei, subió un tuit a X en el que promocionaba una criptomoneda llamada $LIBRA. Cuando el mandatario publicó el mensaje la moneda virtual estaba a 0,000001 dólares y el token hacía, exactamente, tres minutos que se había creado. experimentó una espectacular subida en su valor, alcanzando los 5,2. Sin embargo, esta subida fue impulsada por las ventas de los fundadores, quienes compraron la moneda a cero dólares y luego realizaron transacciones de entre 500.000 y 4 millones de dólares. Tras el máximo alcanzado, el valor de $LIBRA colapsó rápidamente, cayendo de forma vertical en cuestión de minutos. Los inversores perdieron, en total, unos 90 millones de dólares.

Más allá de la polémica estrictamente financiera, hay varias dudas sobre si la promoción de $LIBRA por parte del presidente constituye o no un delito. Hay varias posiciones respecto a esta situación, dado que también hay muchas aristas a través de la cual analizar el hecho.

Para el abogado Rubén Pontoriero, lo primero que hay que analizar es el nivel de participación que tuvo Milei en esta operación, es decir, si es autor penalmente responsable o bien, partícipe en algún orden. Si se llegase a comprobar esta responsabilidad, el segundo paso sería si hay dolo en su accionar o no. “Al momento de investigar un delito se tiene que probar que haya dolo, en este caso probar si hay intención de que la gente invierta para estafarlos. Eso es muy complejo y es tarea de la Justicia probarlo”, agregó el profesional.

Lo complejo de la situación es que actualmente en el Código Penal Argentino no hay ninguna figura penal que contenga la defraudación con criptomonedas. A lo sumo, el delito podría encuadrarse en la figura de estafa. Pontoriero agregó que, debido a la envestidura presidencial, también se lo podría investigar bajo las figuras de negociaciones incompatibles con la función pública o enriquecimiento ilícito.

Martín Zuleta, abogado sanjuanino, dijo que, a primera vista y sin tener los resultados de las primeras investigaciones, “la conducta desplegada por el presidente Milei” no encuadraría estrictamente dentro de las distintas figuras penales y contempla la legislación Argentina.

En principio, la mayoría de las denuncias contra Milei (que son alrededor de 112), se encuadran bajo el artículo 172 del Código Penal, que en este caso debería acreditarse un comportamiento doloso tendiente deliberadamente a defraudar, es decir, a engañar. Sin embargo, Zuleta opina que ya de por sí la inversión en criptomoneda constituye una operación de alto riesgo, que incluso los mismos inversores conocen; por lo que es muy difícil hablar de la configuración del delito de estafa.

“Analizando los delitos contra el Orden Económico y Financiero entiendo que la conducta penada por el artículo 309 inciso a del Código Penal sería la única que podría analizarse seriamente ya que reprime con pena de prisión a quién realizar operaciones que hicieron subir mantener o bajar el precio de cualquier instrumento financiero. En este caso se requerirá probar que el presidente desplegó esa conducta de manera intencionada a sabiendas que se valía de información falsa, lo que estimo bastante improbable de acreditarse”, cerró Zuleta.

El abogado Gerardo Tripolone opinó, por su parte, que la promoción de Milei en principio constituye solo una negligencia, lo cual no constituye en principio ningún delito. En este marco, hay una pata que analizar: el juicio político.

“Otra cosa que se establece para ver si constituye para juicio político, puede constituirse como un mal desempeño de sus funciones. Ese juzgamiento es una cuestión que decide la Cámara de Diputados. Ahí no es una cuestión de hechos y pruebas concretas, porque ahí hay no una cuestión de juzgamiento exclusivamente jurídica, sino que hay una valoración política”, dijo al respeto.

Finalmente, para Marcelo Arancibia, aún resta probar la responsabilidad penal de Milei aunque sin dudas la responsabilidad política es mayor. “Constituye una responsabilidad política, por promocionar algo que a esta altura del partido no hay que negar que constituyó una estafa. Hay que crear una comisión investigadora para ver si realmente constituye una razón para destitución por juicio político, porque no creo que haya sido solamente Milei el que haya estado atrás de ese tuit, hay que ver si esto alcanza a todo el gobierno nacional”, cerró.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

LO QUE SE LEE AHORA
En el medio de la foto, Carina García y Franco Montes, vicepresidenta y presidente del Foro de Abogados. 

Las Más Leídas

Desalojaron a los manteros y vendedores ambulantes del Parque de Mayo
El sanjuanino Carlos Pérez es uno de los detenidos por el caso del menor Loan Peña, quien lleva casi dos meses desaparecido.
Revelaron más detalles de la llegada de una multinacional a San Juan: Es la marca número uno
Imagen ilustrativa.
Las canchas Coralli. 

Te Puede Interesar