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¿Por qué no ordenaron la detención de CFK?

Por Redacción Tiempo de San Juan
El juez federal Claudio Bonadio, que procesó a Cristina Kirchner por la venta de dólar a futuro, no dictó la prisión preventiva sobre la expresidenta porque se encuentra "a derecho" y no se "avizora probabilidad de entorpecimiento" de la causa.

En una extensa resolución de 147 hojas, el magistrado señaló que la exmandataria no fue procesada con prisión preventiva porque no reúne "los requisitos" que pide el Código Procesal Penal para ello.

"Considerando la calificación adoptada para los encausados, y lo normado por el Código Procesal Penal de la Nación, habrá de confirmarse la libertad de la cual vienen gozando, por no reunirse los requisitos previstos en el 312 del Código Procesal Penal de la Nación (para procesar con prisión preventiva)", afirmó Bonadio.

Sostuvo, además, que "de acuerdo con la doctrina y jurisprudencia imperantes, el único fundamento legitimante del encarcelamiento preventivo debe ser meramente cautelar, es decir, evitar que el imputado intente eludir la acción de la justicia o busque entorpecer la investigación".

"En este punto si bien la expectativa de pena del delito enrostrado no resulta menor, lo cierto es que todos los encausados se encuentran a derecho y se han presentado al llamado de esta judicatura", subrayó el juez federal.

En tanto, "y atento el estado de la investigación y prueba colectada, tampoco se avizora probabilidad de entorpecimiento de la misma por parte de quienes hoy se dictará procesamiento, por lo que no se observa circunstancia alguna que haga suponer la existencia de aluno de los riesgos procesales mencionados".

El procesamiento sin prisión preventiva fue dictado para Cristina Kirchner y para los otros 14 alcanzados por la medida dispuesta por Bonadio, entre ellos, el exministro de Economía Axel Kicillof y el expresidente del Banco Central Alejandro Vanoli.

 


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