El médico de Santa Lucía que estuvo detenido por la presunta agresión contra su pareja, fue absuelto por el beneficio de la duda. El profesional fue acusado de tomar de los cabellos a la mujer y arrojarla al piso porque no limpió el tacho de la basura.
El fallo se hizo público en estos días y fue a favor del médico Gustavo Leónidas Vera Janavel. El hombre cayó preso el 17 de diciembre del año pasado y en su momento el Ministerio Público Fiscal dio a conocer sólo su detención y la imputación que pesaba sobre él, pero no el resultado del juicio y la absolución del profesional.
En aquel entonces, el informe del Sistema Especial de Flagrancia informó que Vera Janavel fue detenido a raíz de la denuncia de su mujer. Según los datos judiciales, la chica denunció que el hombre se molestó porque no limpió el tacho de la basura, que eso generó una discusión y que de un momento a otro éste la tomó de los cabellos y comenzó a agredirla dentro de la vivienda que compartían en calle Sarmiento, Santa Lucía.
La mujer llamó por su celular para pedir ayuda y más tarde arribaron los efectivos de la Seccional 5ta, que detuvieron a Vera Janavel y lo pusieron a disposición del Sistema Especial de Flagrancia. El médico estuvo 6 días preso en esa comisaría y posteriormente le otorgaron la detención domiciliaria.
Llegado el juicio, el fiscal que intervino sostuvo la acusación por el supuesto delito de lesiones leves, agravadas por ser cometido en contexto de violencia intrafamiliar y de género, y aseguró que las lesiones en el cuello de la víctima estaban acreditadas. En contraposición, el abogado Rodrigo Aguirre –el defensor- afirmó que los hechos no existieron y que esas supuestas lesiones no fueron acreditadas. El juez Carlos Lima, que presidió el debate, entendió que no había pruebas suficientes para condenar al médico Vera Janavel y resolvió absolverlo por el beneficio de la duda, según fuentes judiciales.
Además de disponer su libertad, el magistrado ordenó al profesional la prohibición de todo acto molesto o perturbador en perjuicio de su ex pareja, a la vez que estableció que la tenencia de la hija de ambos quede en poder de la mujer y que él debe hacerse cargo de la prestación alimentaria de esa niña.