jueves 14 de mayo 2026

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Tiempo de San Juan. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Elecciones

PASO: Ya se puede consultar el listado de infractores

En caso de que un elector aparezca en el registro, pese a haber votado, podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del listado.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Justicia Nacional Electoral habilitó para su consulta el registro de infractores al deber de votar, que contiene la información sobre quiénes emitieron su sufragio el 11 de agosto pasado y quienes no, por lo que deberán regular su situación.

En el listado figuran todos aquellos electores de entre 16 y 70 años que no hayan emitido su voto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) celebradas el 11 de agosto pasado y no hayan justificado debidamente su omisión ante la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio dentro de los 60 días posteriores a la elección.

El Registro de Infractores al Deber de Votar ya puede consultarse en el sitio infractores.padron.gob.ar, aunque suele tener algunos problemas de conexión.

La no inclusión de un elector en dicho registro alcanza para dar por cumplida su obligación de concurrir a las urnas, razón por la cual ya no necesita conservar el troquel que le fue entregado al momento de emitir su sufragio. Asimismo, el no aparecer en el registro da cuenta además de que fue debidamente justificada, en los casos que corresponda, la omisión al deber de votar.

En caso de que un elector aparezca en el registro pese a haber votado podrá solicitar a la autoridad competente su exclusión del registro de infractores. Para ello deberá presentar el troquel que comprueba su sufragio. Si lo perdió podrá solicitar que se verifique su firma en el padrón.

La multa por no votar en las PASO ni justificar dicha omisión asciende a los 50 pesos y se duplicará en el caso de faltar al deber de votar el próximo 27 de octubre cuando se celebren las elecciones Legislativas.   

La multa podrá pagarse en el Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral.

La Justicia Nacional Electoral recordó además que el no haber votado en las PASO no impide poder participar del próximo acto eleccionario.

(Fuente: Infobae)

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

LO QUE SE LEE AHORA
un hombre murio aplastado por el porton de una gomeria

Las Más Leídas

Imagen ilustrativa
Imagen ilustrativa creada con Inteligencia Artificial.
La histórica cadena Farmacia Echegaray fue vendida a un grupo mendocino que prometió mantener el nombre, los trabajadores y expandir el negocio de obras sociales en San Juan.
Imagen ilustrativa
Un hombre murió aplastado por el portón de una gomería

Te Puede Interesar