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ANSeS: mirá como gestionar la asignación por matrimonio

El beneficio se cobra por única vez y ambos cónyuges deben cumplir con los requisitos para acceder a las asignaciones familiares.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Pueden solicitarla los trabajadores registrados, titulares de la Prestación por Desempleo, titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, trabajadores de temporada y titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Además, es necesario que los cónyuges hayan acreditado el matrimonio ante Anses. Posteriormente, deben hacer la solicitud de la asignación entre los 2 meses y 2 años del matrimonio. El trámite es presencial y se deberá solicitar turno con anticipación. Si los datos del matrimonio ya se encuentran acreditados, se puede solicitar el pago llamando al 130.

Por otra parte, desde Anses informaron sobre la importancia de la acreditación de datos personales para realizar cualquier tipo de trámite ante el organismo. De esta manera, el interesado debe tener actualizados sus datos personales en las bases correspondiente. Para realizar esto, se puede acercar a cualquier delegación sin necesidad de turno previo.

Es necesario para actualizar los datos personales presentar el documento de identidad. Y para acreditar los vínculos familiares, será necesario adjuntar, en el caso de matrimonio, el certificado correspondiente y de los hijos el certificado de nacimiento de cada uno, tenencia o guarda. Además de la documentación original, deberá presentarse una copia.

En caso de no presentar el original, la copia debe estar certificada por autoridad competente. Entre ellos: funcionarios autorizados de Registro Civil, Autoridad Consular, Autoridad Judicial, Escribano Público, Directores o Administradores de Geriátricos y Hospitales donde el titular de la prestación se encuentre internado, o agentes de Anses.

Cuánto se paga

El monto que se pagará a los dos -si corresponde- es de $ 3.927, siempre que los ingresos brutos del grupo familiar no excedan los $ 107.658 y que ninguno de los integrantes perciba remuneraciones superiores a los $ 53.829.

 

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