Luego de que se confirmaran 13 casos positivos en Caucete, el gobernador Sergio Uñac firmó un decreto para reglamentar todo lo que sí y todo lo que no se puede hacer en las distintas zonas de la provincia. Todo se enmarca en el “Plan de Seguridad ante posible Circulación Viral” que armó el gobierno para actuar ante este tipo de escenarios.
Hay cambios en el transporte, se suspendieron las actividades deportivas y recreativas durante siete días y también el turismo interno. Una a una, las medidas del decreto acuerdo 47. Mirá cómo quedó el cuadro de situación.
-Dispensase del deber de asistencia al lugar de trabajo, a todo agente perteneciente a la Administración Pública Provincial, Centralizada, Descentralizada y Autárquica, que residiendo en el Departamento de Caucete, preste servicios fuera de él, como asimismo a todo trabajador que deba desempeñar tareas en el mencionado departamento, cualquiera sea el régimen escalafonario a que pertenezca. Los trabajadores dispensados tienen derecho a la percepción de la totalidad de sus remuneraciones.
-Los trabajadores del sector privado, como asimismo, los del sector público nacional y/o municipal, están dispensados de la obligación de trabajar, teniendo derecho a percibir la totalidad de sus remuneraciones.
-Se suspende la obra pública y privada, y el transporte público de pasajeros en el Departamento de Caucete.
-Se suspende en toda la provincia el transporte público de pasajeros para el turismo interno y/o visitas sociales y familiares.
-Solo quedan autorizados para la utilización del mencionado transporte las personas que tengan permisos de circulación por actividad esencial y/o permitida, y las que sean trabajadores esenciales.
-La capacidad de pasajeros se restringe a la cantidad máxima de 22 pasajeros por cada unidad respetando el distanciamiento social. El transporte interurbano debe respetar la capacidad máxima del 50 %.
-Se suspende en todo el territorio provincial el turismo interno provincial en todas sus modalidades, y la ocupación de todas las instalaciones destinadas al hospedaje de pasajeros, y/o hoteles alojamiento, salvo las designadas, por la autoridad competente, como establecimientos para el cumplimiento de la cuarentena legal.
-Se suspende en todo el territorio provincial la totalidad de las actividades deportivas y recreativas
-Se establece para los departamentos de 25 de Mayo, San Martín y 9 de Julio, todo lo pertinente a la fase 2 (Alerta y prevención) del Plan de Seguridad ante Circulación Viral COVID-19.
-Se establece para el departamento de Caucete, el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
-Las medidas adoptadas en el presente Decreto tienen una duración de 7 (siete) días desde su entrada en vigencia.