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Este lunes

Negocios y supermercados cerrados por el Día del Empleado de Comercio

Este lunes 26 se conmemora el Día del Empleado de Comercio, por lo tanto quienes desarrollan esa actividad no tendrán que trabajar.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Este lunes 26 de septiembre se conmemora el Día del Empleado de Comercio en la Argentina, por lo tanto quienes se desempeñen en ese rubro gozarán de un día feriado.

"El día del Empleado de Comercio se celebra en Argentina cada el 26 de septiembre, así fue instituido por la Ley 26.541. En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales con todos los efectos legales. No puede compensarse con el pago doble de la jornada ni el otorgamiento de un franco compensatorio. Los empleados de comercio tienen al año solo 4 feriados nacionales que se cumplen sin asistencia a los lugares de trabajo: 1 de enero, 1 de mayo, 26 de septiembre y 25 de diciembre", esboza el comunicado emitido días atrás por el Sindicato Empleados de Comercio de San Juan. "El día del Empleado de Comercio se celebra en Argentina cada el 26 de septiembre, así fue instituido por la Ley 26.541. En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales con todos los efectos legales. No puede compensarse con el pago doble de la jornada ni el otorgamiento de un franco compensatorio. Los empleados de comercio tienen al año solo 4 feriados nacionales que se cumplen sin asistencia a los lugares de trabajo: 1 de enero, 1 de mayo, 26 de septiembre y 25 de diciembre", esboza el comunicado emitido días atrás por el Sindicato Empleados de Comercio de San Juan.

Entre los comercios que hoy permanecerán cerrados se encuentran los supermercados, shoppings y aquellos locales que desempeñan sus tareas bajo la órbita de la Asociación Empresaria. No obstante, los comercios barriales y aquellos que sean atendidos por sus dueños quedan exentos.

Cómo debe ser el pago para los empleados que elijan trabajar

Según la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), en el caso de los empleados que decidan prestar tareas, “estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio, sino el pago de un recargo equivalente del 100%”. Asimismo, aclara que “si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará”.

“Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal”, agregó.

El origen del Día del Empleado de Comercio

El Día del Empleado de Comercio tiene su origen en la ley 11.729 que fue sancionada el 26 de septiembre de 1933. La normativa estableció el régimen de indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, maternidad y, entre otras cosas, el aguinaldo. Finalmente, quedó instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130 de 1975 en su artículo 76°.

Luego, se suspendió durante la última dictadura militar y se restauró en 2010, cuando el Congreso sancionó la Ley 26.541, el 11 de noviembre de 2009, que estableció el 26 de septiembre “como descanso para los empleados de comercio”.

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