Hasta este jueves, San Juan era de una de las pocas provincias que no tenía una ley que regule el juego online. Ahora, cuenta con esa herramienta fundamental, que si bien tiene un amplio alcance, servirá fundamentalmente para que la Justicia caiga contra los que impulsan la ludopatía en menores de edad mediante las famosas apuestas en línea.
Lo que se aprobó por unanimidad en la Legislatura sanjuanina es un despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Salud y Discapacidad y Hacienda y Presupuesto, referido a tres proyectos de ley que fueron presentados este año sobre la misma temática. Uno, del interbloque Cambia San Juan por el que se crea el Programa Provincial de difusión, concientización y prevención de la enfermedad Ludopatía Infanto Juvenil; otro, por el Frente Renovador de Franco Aranda, por el que regula juegos de azar en línea; y el tercero, del Poder Ejecutivo mediante el mensaje Nº 27, de regulación del juego en línea en la provincia de San Juan.
Durante la sesión, Aranda dio algunas cifras sobre el impacto del juego online. "El 66% de los jóvenes entre 18 y 24 años admite que accedió a jugar alguna vez online, el 48% de los que juega habitualmente lo hace tres horas por día, el 36% de los jóvenes gastan lo que les dan sus papás para la merienda, para el almuerzo, para el transporte, para fotocopias, para jugar en estos juegos, de estos también el 26%, por ejemplo, junta plata con amigos para poder jugar. El 18% admitió que ha vendido cosas personales, el 8% incluso ha sacado plata de la caja de ahorro de sus padres", enumeró.
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La ludopatía en niños y adolescentes es una adicción compulsiva al juego, similar a la que se manifiesta en adultos (Imagen Ilustrativa Infobae)
"Estamos frente a un problema que es muy grave en nuestros jóvenes, son adicciones, que son muy fuertes. Según los especialistas se puede equiparar con adicciones como la cocaína o como la heroína, por eso la necesidad imperiosa de que tratáramos este proyecto de ley. Este tipo de adicciones está destrozando la vida de un montón de sanjuaninos, de un montón de argentinos, de familias, es por eso que, como diputados, no podemos mirar para otro lado, es una ley que necesita esta provincia y la necesita de manera urgente", argumentó.
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El legislador enfatizó que "cada día que pasa hay un joven más en los baños de la escuela endeudándose para poder jugar".
Y continuó: "cada día que pasa vemos cómo se transforma el deporte que siempre debió ser un ámbito de entrenamiento, de disciplina, de recreación, de salud, empieza a transformarse en un escenario de apuestas que termina corrompiendo no solamente a jóvenes, a familias, sino incluso a los mismos deportistas. Cada día que pasa hay más papás y mamás preocupados, angustiados porque ven que sus hijos están siendo acosados por prestamistas a la salida de las escuelas o incluso en las puertas de sus hogares, tenemos que pensar que los jóvenes tienen que tener puesta la cabeza en una sana diversión, en sueños, en proyectos, pero sobre todo tienen que tener la cabeza lejos de la timba".
Y advirtió que "también esto es una herramienta que le va a servir a la justicia, que le va a servir también a la autoridad de aplicación, pero que no soluciona el problema de fondo, el problema de fondo lo vamos a solucionar entre todos, como familia, como la célula más importante de la sociedad, como padres, como hermanos, pero nos tenemos que involucrar todos, la familia, la escuela, las instituciones".
Por su parte, el líder del bloque orreguista en la Legislatura, Juan Córdoba, remarcó que se está legislando sobre un fenómeno creciente en los últimos años, "impulsado por el avance de la tecnología y el acceso masivo a internet y la falsa ilusión de obtener dinero fácil". Agregó que "esta expansión ha traído consigo riesgos significativos. El juego ilegal, el fraude, la falta de protección para los usuarios y algo aún más alarmante que es la ludopatía. Que afecta gravemente a familias enteras, pero muy especialmente a nuestros menores, a los niños y adolescentes".
Según el diputado Córdoba, hay más de 200 sitios de juegos de azar en línea de fácil acceso para los jóvenes de San Juan. "Este proyecto tiene un propósito claro y contundente, que es prevenir, proteger, regular y fiscalizar", dijo.
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La adicción al juego afecta emocional y psicológicamente a todos los miembros de la familia, deteriorando la dinámica familiar y generando problemas económicos y legales- (Imagen Ilustrativa Infobae)
Cinco claves
Estas son las claves de la nueva ley que regula el juego online en San Juan, citadas por el diputado Juan Córdoba.
- "En primer lugar, el proyecto establece un marco regulatorio robusto que garantice el orden público. Define claramente cuáles actividades están permitidas, incluyendo aquellas que vulneran derechos fundamentales o que son propensas al fraude y la ilegalidad. Con esta regulación, pretendemos cerrar la puerta al mercado negro de juego y asegurar que cada operador actúe bajo estrictos controles".
- "En segundo lugar, se prioriza la protección de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. Crearemos a través de esta ley registros de jugadores y de autoexcluidos, mecanismos para verificar la identidad y edad de los usuarios y estrategias de educación y prevención que llegarán a las escuelas, las familias y la comunidad en general. No permitiremos que menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad sean explotados o atraídos a ciertos tipos de actividades".
- "Además, este proyecto no es solo un freno a los abusos, sino también un impulso a la responsabilidad social. Se establece en él un programa de juego responsable que informará y educará a los ciudadanos sobre los riesgos del juego patológico y brindará asistencia a quienes lo necesiten".
- "En términos económicos, el proyecto también se propone limitar el número de licencias y exigir licitaciones públicas transparentes, promoviendo la competencia leal y garantizando que las empresas que operen en nuestra provincia sean solventes y responsables. Todo esto para garantizar que quienes, a través de lo que se llama juego responsable, accedan a él, estén debidamente cubiertos. Además, los ingresos provenientes de los cánones y multas se destinarán a financiar programas de prevención y tratamiento de la ludopatía, asegurando que los recursos generados por esta actividad sean devueltos a la sociedad de manera directa y positiva".
- "Esta ley asegura la colaboración entre las distintas instituciones, incluyendo organismos nacionales, provinciales e internacionales, para combatir el juego ilegal y proteger a nuestros ciudadanos. Este es, sin ninguna duda, un llamado a regular el juego online con firmeza, a proteger a quienes más lo necesitan y a generar un entorno controlado y seguro que reduzca al mínimo los riesgos asociados".
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La adicción al juego llena espacios de fragilidad o vacío, alejando a los menores de la interacción social y otros intereses (Imagen Ilustrativa Infobae)
Sobre las empresas que pueden ofrecer el juego online en San Juan
Según el texto de la ley aprobada este jueves, respecto de las empresas que pueden ser licenciatarias de juego online en San Juan se establece que:
- Los titulares pueden ejercer las actividades objeto de la presente ley las personas humanas o jurídicas, entidades públicas o privadas, de manera individual o asociada y quienes posean autorización expedida por organismos de otras jurisdicciones y hayan suscripto convenio con la autoridad de aplicación para ejercer la actividad en la Provincia, conforme lo determine la reglamentación. El Estado Provincial mantiene la facultad de ejercer la actividad.
- Son requisitos para ser titular de una licencia los que a continuación se enuncian y cualquier otro que determine la reglamentación: Domicilio legal constituido en la provincia de San Juan; Acreditar solvencia técnica, económica, financiera y antecedentes en la actividad de juegos de azar; Encontrarse inscripto en los organismos impositivos nacionales, provinciales y municipales, de corresponder y en el Registro Único de Proveedores del Estado; Poseer objeto social o actividad que tenga vinculación directa con la actividad regulada.
- Impedimentos: No pueden ser titulares de las licencias las personas humanas o jurídicas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias: Las personas no habilitadas conforme la Ley N°2000-A; La persona jurídica o sus socios, directivos o administradores que hayan sido sancionadas, mediante resolución administrativa firme por dos (2) o más infracciones graves, dentro de los últimos dos (2) años, por incumplimiento de la normativa de juego; Las entidades y personas humanas que participen u organicen eventos deportivos o de naturaleza similar en los que se realicen las apuestas; Persona humana, socios, directivos o administradores de la persona jurídica que se encuentren inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia de San Juan conforme a la Ley N° 648-E.
- Obligaciones de los licenciatarios: Durante el período de vigencia de la licencia, los titulares deben cumplir con las siguientes obligaciones: 1) Constituir una garantía en los términos, modalidades y cuantías que reglamentariamente establezca la autoridad de aplicación; 2) En el portal digital autorizado deben mostrar en la página de inicio del sitio web: La documentación que acredite la licencia expedida por la autoridad de aplicación; La edad legal para participar, y El Programa de Juego Responsable; 3) Asegurar la integridad y seguridad de los juegos, garantizando el correcto funcionamiento, la confidencialidad en las comunicaciones y de los datos de los participantes, la participación y transparencia de toda la actividad; 4) Canalizar adecuadamente la demanda de participación, validando la información aportada por el jugador tal como lo disponga la reglamentación, para garantizar que sus usuarios no se encuentren comprendidos dentro de la categoría de personas excluidas; 5) No otorgar ninguna clase de préstamos o mutuos a favor de los jugadores; 6) Colaborar activamente con el Estado en la detección y erradicación del juego ilegal y en la persecución del fraude y la criminalidad; 7) Cumplir con las disposiciones que establezca la autoridad de aplicación dentro del Programa de Juego Responsable, Autoexcluidos; 8) Cumplir con las obligaciones fiscales que correspondieren; 9) Abonar el pago único y el canon mensual que corresponden a la licencia; 10) Verificar la cuenta de juego única para cada jugador en el registro pertinente; 11) Registrar todas las transacciones de acreditaciones y retiros en la cuenta única del jugador; 12) Respetar y asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentaciones vigentes sobre lavado de activos, Ley Nacional N° 25.246 y sus modificaciones, a efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos; 13) Rechazar la utilización de billeteras virtuales pertenecientes a niños, niñas y adolescentes, menores de dieciocho (18) años de edad.
- El valor de la licencia es un pago único que realiza el licenciatario al momento de la contratación y es determinado por la autoridad de aplicación que es la Caja de Acción Social. Además de este valor, el licenciatario debe abonar mensualmente un canon correspondiente al derecho de organización, operación, explotación y comercialización de la actividad del juego en línea, durante la vigencia del contrato.
Este es el texto completo de la norma:
Juego Online en San Juan.pdf