El fallo resultó una sorpresa dado que la fiscalía solicitaba la máxima pena prevista por el Código Penal para el acusado, es decir, la de prisión perpetua. Sin embargo, el tribunal compuesto por los jueces Eugenio Barbera, Matías Parrón y Celia Maldonado consideró que los elementos probatorios reunidos no eran suficientes para enviarlo a la cárcel y, por tanto, dictaron la sentencia absolutoria.
Tiempo de San Juan habló con la letrada que cuestionó la tarea del fiscal y con fuentes allegadas a la causa, que explicaron, una por una, cuáles fueron las pruebas que pusieron en crisis la teoría del caso del Ministerio Público e hicieron caer la acusación. Es que para la autoridad competente, al parecer y tal como lo expresaron las fuentes consultadas, pesó el concepto que sostiene que "es preferible un culpable libre, que un inocente tras las rejas".
Además de que en nuestro derecho, todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario y, en el caso de Endrizzi, a juzgar por la resolución judicial que no está firme, no se pudo probar su participación en el crimen. Ello fue suficiente para que fuera librado de culpa y cargo.
El fiscal de la UFI de Delitos Especiales argumentaba que el acusado asesinó a Crespillo por 350 mil pesos; que se aprovechó de la cercanía que mantenía con su vecino para apropiarse del dinero y que con él compró un bombo de 100 mil pesos. Dijo que se apropió de la tarjeta SUBE del jubilado tras el asesinato, que la usó y que en su casa encontraron elementos incriminatorios.
Una de las evidencias fue el comprobante del depósito del plazo fijo que hizo la víctima y la otra fue una faja de billetes (que usan los bancos) que fueron secuestradas en su domicilio en un allanamiento. Por otra parte, el llamado con una asistente virtual del Banco Columbia, entidad donde la víctima realizó el plazo fijo, era tenida en cuenta como una de las pruebas que más lo complicaban.
No obstante, el tribunal le dio prioridad a la resistencia de la defensa técnica y falló contra lo que sostenía la fiscalía, la que se volcó sobre una sola línea de investigación. Es que en un principio, se manejaban tres hipótesis: una tenía en la mira a Endrizzi; la otra a los sobrinos, con los que la víctima tenía mala relación y mantenía una disputa por unos terrenos; y la tercera hacía foco en personas desconocidas que podrían haber actuado en venganza por la venta ilegal de terrenos que el hombre asesinado había efectuado.
Los parientes de Crespillo, Maximiliano Lucas Roldán Crespillo y su esposa Yamila Janet Núñez, fueron imputados pero, luego, resultaron sobreseídos a pedido de la fiscalía. El fiscal Grassi, para ese entonces, había dispuesto apuntar contra uno solo: el vecino, Darío Endrizzi.
Miers, que calificó de bochornosa la actuación del fiscal y de parte del equipo que prestó colaboración, aseguró que una de las cuestiones más graves fue la de no peritar siete prendas secuestradas en la vivienda de la víctima que presentaban manchas de sangre. Esa y otras irregularidades -indicó- que fueron evidenciadas por el tribunal que falló en su favor. "Gracias a Dios que me escucharon, sino mi cliente hoy estaría condenado, un inocente estaría tras las rejas", manifestó.
En abril de este año, asumió en la defensa y sustituyó a Carla Manini, que tenía encaminado un acuerdo de juicio abreviado. En ese momento, según contó, comenzó a notar falencias en la instrucción a partir de dos fotos de la autopsia y sobre el proceder de los involucrados. "Mi cliente no sabía que iba a tener que admitir el homicidio y aceptar 15 años de pena", detalló.
El ADN a las 7 prendas
Durante el juicio, la abogada señaló que en la investigación obviaron cotejar el ADN de las prendas secuestradas de la casa de Crespillo. "El fiscal le mintió al tribunal; dijo que sí las había peritado, 'por supuesto que lo hice y que salió negativo', dijo y, después, cuando revisó el expediente y se dio cuenta que eso no ocurrió, expresó que no se había hecho porque no había con qué cotejar el ADN", sentenció.
El fiscal adujo que el cuerpo de la víctima estaba tan dañado que no había logrado extraer una muestra genética. No obstante, la letrada aseveró que eso no era cierto porque en un cinturón habían hallado el perfil genético de tres personas, entre ellas, de la víctima. Además, indicó que Grassi leyó las conclusiones del informe forense, aunque salteó algunos puntos. "Leyó la parte que decía que no había material genético y obvió mencionar donde sí había, por lo que procedí a leer el documento completo", destacó.
La tarjeta SUBE
Una de las primeras pruebas que cuestionó la abogada fue la tarjeta SUBE que le incautaron a Endrizzi. La fiscalía pensaba que el sospechoso se la había robado a la víctima tras matarla, pero testigos confirmaron que Crespillo se le había prestado de favor para que gastara menos en transporte, ya que la misma tenía los descuentos para jubilados. "Con dos testigos al frente, mi cliente le cargó 300 pesos a la misma cuando el asesinado se la entregó", agregó.
La faja de billetes
En el procedimiento en la casa del imputado, las autoridades hallaron una faja de billetes del Banco Francés y lo vincularon con el dinero (350 mil pesos) que había retirado la víctima del Banco Columba. La abogada señaló que se trataban de entidades bancarias diferentes y que no podía tratarse del mismo dinero. "No obstante, la fiscalía hizo traer a una cajera del banco para que dijera que en ocasiones se usan fajas de otros bancos. Fue por eso que, con el video del momento del depósito, se pudo ver cómo el cajero -que le entregaba los billetes- le saca la faja, los cuenta y le coloca una nueva faja del Banco Columbia", detalló.
La compra del bombo
Acorde manifestó la defensora, Endrizzi realizaba compras en Chile y, luego, vendía en San Juan. "Él manejaba dinero, tenía más de 3 millones de pesos en objetos para vender en su casa. Presentamos el inventario en el juicio de todo ello para demostrar que si necesitaba dinero, tenía a dónde recurrir", sostuvo.
La fecha de muerte
Según la abogada, la fiscalía forzó la hora y fecha de muerte. "Hubo 6 testigos, 4 de la fiscalía, que dijeron que hasta el viernes 8 de diciembre al mediodía lo vieron vivo. Sin embargo, en su teoría del caso aseveraban que lo habían matado el jueves en horas de la siesta. Le hicieron cambiar al forense la hora de muerte", argumentó.
Los celulares que no fueron incautados
La letrada remarcó que a pesar de que en el inicio habían tres sospechosos, se secuestraron cinco celulares, pero el único que fue peritado fue el de Endrizzi y no del resto. "Encima no me dieron acceso a todo el peritaje, sólo a dos chats. Es alevoso lo que hicieron con la causa, todo se cuadró para apuntar contra mi cliente", describió.
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Endrizzi, el sujeto que fue absuelto del asesinato de un jubilado sanjuanino ocurrido en diciembre de 2023
A pesar de que las pruebas no fueron contundentes contra Endrizzi, quien guardó silencio a lo largo del debate por recomendación de su defensora, es importante destacar que el acusado no fue librado de las sospechas por ser considerado inocente, sino porque no hubo el grado de certeza necesario para endilgarle la autoría. Sin embargo, no todo está dicho pues está previsto que el fiscal Grassi acuda al Tribunal de Impugnación para revertir el fallo.
El próximo 22 de octubre se conocerán los fundamentos de la sentencia del tribunal y se sabrá si darán lugar al pedido de "control de actuación judicial" que pidió Miers contra Grassi. A pesar de que no está previsto en el Código Procesal Penal, sostuvo que espera que las autoridades se expidan y, a partir de ello, obrará en consecuencia. "Se hará lo que se tenga que hacer, lo mismo que un resarcimiento económico. Alguien tiene que pagar por los 9 meses que estuvo preso injustamente", declaró y cerró: "El fiscal debe trabajar no sólo para inculpar, sino para exculpar".