Ezequiel Armando Contreras recibió otro revés de la Justicia. Esta semana, un tribunal ratificó el procesamiento en su contra por la violación y asesinato de su hijastro, el pequeño de 4 años Exequiel Cuello, en enero de 2020 en Chimbas. Su defensa había apelado a la prisión preventiva dictada en primera instancia, pero otros jueces de rechazaron el planteo por carecer de fundamentos.
Con el fallo dictado por los jueces Martín Heredia Zaldo, Miguel Dávila Saffe y Víctor Muñoz Carpino de la Sala I de la Cámara en lo Penal y Correccional, se le acaban las chances a Ezequiel Armando Contreras y cada vez está más de que su causa sea elevada a juicio. El changarin se encuentra acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado y homicidio agravado en concurso real. La víctima fue el hijo de su ex pareja, el pequeño Exequiel Matías Nahuel Cuello, quien murió tras 45 días de agonía como consecuencia del grave daño cerebral y las fallas multiorgánicas producidas por el violento zamarreo al que fue sometido, supuestamente por parte de Contreras. Murió por lo que denominan el “síndrome del niño sacudido”.
En la etapa de instrucción se dio por acreditado, con el grado de probabilidad necesario, que todo se originó la mañana del 9 de diciembre de 2019. A horas muy tempranas, Tamara Cuello llevó a sus otros tres hijos a un centro asistencial, mientras que dejó al pequeño Exequiel al cuidado de Ezequiel Contreras en la casa que compartían en la Villa Juan Pablo II, en Chimbas.
Mañana fatal
El hombre estuvo con el niño desde las 6 hasta las 9 de la mañana. Y cuando la madre llegó, el niño ya estaba mal. Contreras dijo que estaba bañando al chico, que se le cayó y que se golpeó. Pero fue más allá. Le pidió a Tamara que dijera que se le había caído a ella.
El niño ingresó en grave estado en el Hospital Guillermo Rawson. Los médicos detectaron que tenía lesiones compatibles con un abuso sexual y serias lesiones producto del zamarreo. Esto último, aparentemente, ocasionado cuando el hombre intentaba callar al niño. Posteriormente confirmaron que el chico fue ultrajado. Permaneció en terapia intensiva durante semanas y murió el 23 de enero de 2020.
Contreras ya había sido detenido y fue imputado del crimen. En agosto pasado, el juez del Tercer Juzgado de Instrucción dictó el procesamiento y prisión preventiva contra el changarin, pero su defensa apeló el fallo. Fue así que intervinieron los jueces de la Sala I para resolver el planteo.
La apelación
La defensa atacó principalmente las supuestas contradicciones existente entre el informe del médico legista y del forense o de la declaración de la madre. Incluso intentó sembrar sospechas sobre los primos del chico. Como también citó que algunos testigos que afirmaron que Contreras no era un hombre violento, entre otros argumentos.
El juez Martín Heredia Zaldo, que presidió el tribunal, expreso al respecto que el auto de procesamiento tiene un carácter provisorio y la causa no está cerrada, de modo que existían otras instancias para refutar las cuestiones de fondo. Entendió que el juez de primera instancia obtuvo elementos de convicción suficientes que conducen a superar la inicial sospecha con la que se promovió la instrucción y hay abundante prueba para atribuir a Contreras la presunta autoría del hecho. “No se advierte por ende que nos encontremos en presencia de las circunstancias especialísimas que justifiquen su revocación; además, la misma resulta congruente, lógica, descartándose el absurdo y toda valoración subjetiva”, señaló.
Señaló además que los argumentos de la defensa responden “a una mera estrategia defensiva” en la que Contreras trata de evadir su responsabilidad, cuando “no aportó detalles de trascendencia que hagan a su exculpación”. Por esta y otras razones, rechazó los agravios de la defensa para impugnar el procesamiento. Los otros dos jueces adhirieron a la expresado por Heredia Zaldo, no hicieron lugar al recurso de apelación y con esto ratificaron el auto de procesamiento contra el changarin.