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¿accidente o siniestro?

Una prueba clave determinará si la caída por el hueco del ascensor ocurrió por culpa de la clínica

La Justicia que investiga si hubo homicidio culposo cuenta con un registro que despejaría las dudas sobre cómo sucedieron los hechos.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Después de que Nancy Galetti (55) falleciera tras agonizar durante tres días, luego de haber caído al vacío por el hueco del ascensor de la clínica Santa Clara, la Justicia investiga si lo que sucedió se trató de un accidente o fue por culpa de los responsables del mantenimiento del aparato y para ello cuenta con una prueba fundamental que ayudará a desentramar la historia.

Es que según informó el fiscal correccional que interviene en la causa que estaría caratulada como homicidio culposo, Roberto Mallea, hay una filmación -aportada por la cámara de seguridad instalada en el lugar- que habría grabado el momento justo en el que la mujer cae por el ascensor y que mostraría de qué forma se abrió la puerta, es decir, si fue forzada por la víctima o bien se abrió automáticamente. 

Además de la prueba que será clave en la investigación, las pericias al ascensor serán de gran valor según apuntó el representante del Ministerio Público y confirmarán o descartarán si tenía fallas previas que, de haber sido reparadas, se podría haber evitado la tragedia. 

"Una vez concretados los peritajes, se tendrán en cuenta todos los elementos probatorios y se determinará si hubo una falla humana o no, o mecánica o no", sostuvo el fiscal.     

Los testimonios también serán vitales para la causa penal, pues habría personas que aseguraron que el ascensor se abría solo. Por el momento, la pesquisa se enfoca en la recolección de pruebas a través de una serie de medidas que solicitó el juez Carlos Lima del Primer Juzgado Correccional, en plena etapa de instrucción.

La Justicia investiga si hubo homicidio culposo desde el ámbito penal y por otro lado se definirá la responsabilidad civil, tras la demanda de la familia de la víctima. En el Artículo 84 del Código Penal Argentino, se tiene en cuenta la negligencia y será este punto que se pondrá en revisión.

"Será reprimido con prisión de uno (1) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte", reza el CPA.

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