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Sin prisión preventiva

Por qué no quedaron presos los condenados por el escándalo de expropiaciones y cómo sigue la causa

Si bien Santiago Graffigna y compañía recibieron una sentencia condenatoria de prisión efectiva, todos se marcharon del Concejo Deliberante de Capital, donde se desarrolló el juicio, en libertad. Como medidas cautelares, todos fueron impedidos de salir del país y a los dos cabecillas de la asociación ilícita les rechazaron el pedido de viajar al exterior.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Al cabo de 15 años de instrucción y de debate, el escándalo por expropiaciones tuvo su resolución con la sentencia condenatoria que dictó el tribunal colegiado para 9 de 12 imputados. Sin embargo, ninguno de los penados a prisión efectiva marchó preso pues se fijaron medidas coercitivas menos gravosas que la prisión preventiva, como el impedimento de salir del país y la presentación en sede policial.

Si bien Santiago Graffigna, Horacio Alday y compañía fueron castigados con penas privativas de la libertad, que van de los 7 a los 3 años de prisión efectiva, como el fallo todavía no está firme, los sentenciados se marcharon del Concejo Deliberante de Capital, donde se desarrolló el juicio, en total libertad. Es que la autoridad no consideró necesario llevarlos tras las rejas, hasta tanto el dictamen sea confirmado o rechazado por la Corte de Justicia, que será la siguiente instancia a la que el expediente arribará.

La fecha clave que ahora marcará los ritmos de la megacausa, que alcanzó este viernes una definición histórica tras 2 años y 9 meses de juicio, será el 4 de agosto, cuando el tribunal compuesto por los jueces Silvina Rosso de Balanza, Martín Heredia Zaldo y Matías Parrón, emita los fundamentos que motivaron el fallo condenatorio.

Es que, de forma unánime, los magistrados entendieron que existió una defraudación en perjuicio del Estado llevada adelante por una asociación ilícita, comandada por Graffigna y Alday, considerados coautores del delito. Casualmente, fueron estos dos imputados los que habían solicitado permisos para viajar al exterior y, por tanto, ese planteo debió ser rechazado por el tribunal.

Luego de prohibirles las salidas al exterior, el tribunal ordenó que los pasaportes de los condenados fueran retenidos por la justicia hasta tanto la sentencia fuera resuelta, ya sea, respaldada o rechazada por la Corte, a donde irá a parar tras las apelaciones que las defensas presentarán. Aunque el defensor de Graffigna -Marcelo Fernández- anticipó que irían en queja, se estima que el resto de las defensas harán lo propio. Eso sí, antes deberán analizar a fondo los fundamentos de la sentencia.

Además de la retención de la documentación, el tribunal resolvió que todos los penados, Carlos Macchi, Mario Díaz, Ana María Melvin, José Moreno, Néstor Adán Ruiz, Juan Pablo Quiroga, Víctor Hugo Bustos, junto a Graffigna y Alday, se presenten una vez por la comisaría de la jurisdicción donde viven para comparecer ante la Justicia. Para ello deberán hacerlo del 1 al 10 de cada mes, con el objetivo de asegurar que no se profugarán ni entorpecerán el proceso judicial que aún no finaliza.

Aunque es claro que las defensas cuestionarán el fallo e intentarán que la Corte revierta la situación, lo que aún está en duda es que si la fiscalía -y por ende la querella- apelará la resolución. Es que el Ministerio Público, representado por los fiscales Daniel Galvani y Liliana Marinero y los secretarios de Cámara Juan Manuel García Castrillón y Mauro Esteban Carrizo, había pedido penas efectivas para los tres imputados que este viernes quedaron absueltos.

Se trata de Eduardo Nicolás Olivera, Adolfo Cravero y Julio César Fernández, quienes eludieron el castigo por decisión del tribunal tras no ser entendidos como autores penalmente responsables de los delitos que se les endilgaba. Para la fiscalía, los ex miembros del Tribunal de Tasación debían ser condenados a 3 años de prisión efectiva por los delitos de tentativa de fraude, incumplimiento de los deberes de funcionario público e integrantes de una asociación ilícita.

Por otro lado, los fiscales deberán analizar si se impugna la sentencia por los montos de pena que finalmente fueron otorgados. Por ejemplo, para Graffigna habían solicitado 15 años de cárcel y el tribunal resolvió 7 años y 8 meses de prisión, mientras que la querella, encarnada por la Fiscalía de Estado, había pedido 25 años.

En ese contexto, la querella, representada por Sebastián Dávila y el abogado Rubén Pontoriero, sin demasiado margen de acción podría adherir o no el recurso que pudiera ser presentado en la Corte, la cual deberá conformarse de manera exclusiva y especial para atender esta megacausa, aunque esa es una historia que merece ser contada en otro capítulo.

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