En la Legislatura de San Juan ya se estudia un proyecto para crear un subsidio provincial que ayude a las familias que cobijan menores de casos judicializados, en situación de vulnerabilidad.
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SUSCRIBITEEl proyecto de ley de Fernanda Paredes (PJ) busca promover y alentar el cuidado alternativo y provisional en familias ampliadas y referentes afectivos de aquellos niños, niñas y adolescentes con medidas excepcionales de protección. La ayuda existía con el programa nacional AUNAR pero Milei lo eliminó.
En la Legislatura de San Juan ya se estudia un proyecto para crear un subsidio provincial que ayude a las familias que cobijan menores de casos judicializados, en situación de vulnerabilidad.
La iniciativa es de la diputada justicialista Fernanda Paredes, quien propone crear el programa AUNAR San Juan para los niños, niñas y adolescentes respecto de los cuales se han adoptado medidas excepcionales de protección, en los términos de la Ley Nº 26.061. Esta herramienta existía, sustanciada con fondos nacionales, pero la gestión de Javier Milei le dio de baja.
Este programa tiene por objeto promover y alentar el cuidado alternativo y provisional en familias ampliadas y/o referentes afectivos de aquellos niños, niñas y adolescentes con medidas excepcionales de protección, a los fines de promover el respeto del derecho al pleno desarrollo personal en su medio familiar, social y cultural.
"La persona protegida o el sujeto protegido termina siendo el niño, niña o adolescente. La intención es poder darle protección y cumplir o darle aplicación a los derechos que le correspondan a estos niños, niñas y adolescentes. Uno de los derechos más importantes es el derecho a vivir con una familia. Puede pasar que la familia biológica puede estar con complicaciones. Entonces, ¿qué pasa cuando se advierte esta situación de un niño, de una niña, un adolescente que está en una familia con vulnerabilidad? Puede ser que los papás no puedan tener estos niños, puede pasar que los papás estén privados de la libertad, puede pasar que estén con algún problema de salud, etc. El sistema de protección tiene que hacer algo y para poder hacer algo, vienen estas medidas excepcionales", explicó la legislador en diálogo con TIEMPO DE SAN JUAN.
Las medidas excepcionales están dispuestas por la Ley 26.061. San Juan está adherida a esta ley y en esta ley dice qué medidas puede tomar el órgano administrativo, que en este caso es la Dirección de la Niñez. Las medidas de protección, propiamente dichas, que son las primeras que se toman, se dan cuando interviene la Dirección, luego de una denuncia al 102. Si el niño, por ejemplo, no está yendo a la escuela o hay un problema de salud a revisar, el Estado busca proteger sus derechos y ayudar a la familia.
Por otro lado, las medidas excepcionales se dan cuando el menor no puede estar dentro de su familia de origen o biológica y debe intervenir Niñez. Estas medidas están dispuesta en la Ley 26.061. "La palabra 'excepcional' refiere a que tiene que ser por un tiempo, tiene que estar muy bien fundamentada por el órgano administrativo, por qué la toma, qué es lo que dio, para eso intervienen los equipos, la psicóloga, la asistente social, que van al domicilio", dijo la legisladora.
Los casos en los que aplica la medida excepcional se asocian a lo que más comúnmente se entiende cuando le "quitan" un niño o niña a sus padres, a una familia en, por ejemplo, un caso de abuso sexual o violencia, cuando queda en vulnerabilidad. "Se adoptan cuando el niño está temporal o permanentemente privado del medio familiar y hay un interés que obliga al Estado a tomar acción, que en este caso es sacarlo". La ley 26.061 aplica a los menores de 18 años.
En estos casos, el Estado lo puede llevar al menor a un hogar estatal de los que dependen de la Dirección de Niñez, del Ministerio de Familia. Pero "también puede pasar que para evitar esta institucionalización, la medida excepcional se toma, pero se entrega el menor al cuidado de una abuela, un padrino, una muy amiga de la mamá, un referente afectivo, que se haga cargo durante este tiempo que dura la medida excepcional, que es por un tiempo. Si la medida excepcional tomada en un tiempo no da resultado, se pasa a otra instancia, que ya es otro proceso".
La familia ampliada "es la abuela, la tía, el padrino, la madrina. ¿Y qué pasa en la práctica? Que muchas veces son gente que tiene voluntad, que quiere hacerse cargo, que lo conoce, que tiene afecto, que le da mucha tristeza tener que sacarlo y que lo lleve a un hogar. Quiere hacerse cargo, pero a veces también la parte económica juega en contra, porque lo dicen", sostuvo Paredes.
"La Dirección de Niñez toma la medida excepcional, la fundamenta, dice por qué la toma. Lo que sí tiene que hacer es, en un plazo muy breve de 24 horas, pedirle al juez de familia que la legalice. Por eso intervienen los dos", aclaró.
Puso como casos hipotético que "por ahí en el equipo, la psicóloga está viendo que la tía tiene mucha cercanía, mucho afecto con el niño, el niño reconoce esa madrina, y la madrina dice, 'mire, yo no tendría problema, pero la verdad que estoy un poco complicada de dinero'. Ahí el equipo técnico, si estuviéramos ya con este proyecto aprobado, podría decirle 'nosotros podemos brindarle un subsidio económico, que significa X cantidad de dinero, por tanto tiempo para que usted pueda cuidarlo, asistirlo, brindarle la contención familiar que este niño o niña necesita, mientras está la media excepcional'. Y en el intertanto, yo creo que trabajan con su familia de origen para que él vuelva, porque la idea es que en algún momento pueda volver con su familia".
El proyecto de Paredes establece que el subsidio, a financiar con recursos provinciales, equivalga al 60% del salario mínimo vital y móvil. Este concepto, a partir del 1 de junio, se establece en $313.400. Es decir, que a valores actuales, el subsidio sería igual $188.040. No obstante, todo queda sujeto a debate en las tres comisiones legislativas en las que se estudia la iniciativa de Paredes. Además, uno de los artículos dice que la reglamentación será por parte de la autoridad de aplicación que es la Dirección de la Niñez, que puede determinar cómo avanzar en la implementación.
"Esto nace porque le dieron de baja a AUNAR Familia, directamente lo anularon por resolución este año del Ministerio de Capital Humano. El programa se crea en el año 2022 y funcionaba a nivel Nación articulado con las provincias. En todo el país fue una política federal nacida en el Consejo Federal de la Niñez. Y en los fundamentos, por los que le da de baja, dice que se haga cargo la provincia", argumentó Paredes.
La legisladora aseguró que ha pedido informes a la Dirección de la Niñez sobre la cantidad de casos que podrían entrar en este sistema. Además, consideró que el esfuerzo de las arcas provinciales sería muy bajo en relación al beneficio que significa en un caso de vulnerabilidad de los derechos de un niño.
"Además, ¿cómo hacemos para evitar todas estas cosas de la institucionalización, de que por ahí termina siendo perjudicial porque el chiquito queda separado de toda su familia, va a un hogar con gente extraña, que si bien son muy buenos, porque yo entiendo y quiero creer que sí, pero me parece que todo esto es preventivo y que esto te ayuda a evitar muchas otras cosas", remarcó Paredes. A la par, incentivar a las familias ampliadas a que sea el mejor lugar donde queden estos chicos, que por ahí la cuestión, y más en estos tiempos económicos, influye un montón para que digan que no.
"Yo me animé a presentar este proyecto porque me parece que es una medida que ayuda a la prevención, pero además, no nos olvidemos de algo que es básico, esto es una obligación, lo dice la Convención de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, el Estado está obligado a esto. Ya que Nación hace oídos sordos, que lo haga a la provincia", concluyó Paredes.