El Gobierno de la Provincia recordó que el grabado de autopartes es aplicado como política de seguridad preventiva, con objetivo de desalentar el robo y reventa de autopartes, como también los desarmaderos clandestinos, comienza a funcionar el grabado de autopartes, según Ley 1707-C.
El Ministerio de Gobierno impulsa afianzar las políticas en materia de seguridad, previniendo, desalentando y combatiendo todo tipo de actividades delictivas que pongan en riesgo el patrimonio de los sanjuaninos. En este sentido, el próximo jueves 1 de marzo comienza a funcionar la planta de grabado de autopartes del parque automotor.
A tal efecto, el pedido de turno para su realización puede gestionarse a través de www.verificacionsanjuan.com.ar, destacando en el plazo máximo para que todos los vehículos estén grabados es de 5 años, pasado ese plazo correrán sanciones y multas.
Aranceles establecidos: Formulario 12, expendio y confección completa, $400; servicio de grabado de automotores completo, $1300; servicio de grabado de automotores sin cristales, $900; servicio de grabado de cristales sin autopartes, $400; servicio de grabado de motovehículos, $450. Reválida del servicio de grabado de automotores, $225; revalida del servicio de grabado de motovehículos, $112 y servicio de grabado parcial de cristales, $100 por unidad de cristal.
El ámbito de aplicación: los automotores y motovehículos nuevos y usados que se inscriban en los Registros de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios y en los Registros de Motovehículos, según corresponda, con asiento en la Provincia de San Juan, deben incorporar de manera obligatoria el grabado indeleble del número de dominio.
Registro provincial: se crea el Registro Único Provincial de Verificación Automotor y de Autopartes, que actúa dentro del ámbito del Ministerio de Gobierno, y en el cual se inscriben los propietarios.
Proceso de grabado: el grabado indeleble del número de dominio, a los fines de la inscripción inicial, radicación o transferencia de dominio, se debe realizar en las plantas de grabado autorizadas. De corresponder, también deberán cumplimentar el grabado de cristales.
Procedimiento de grabado: el procedimiento debe efectuarse de la siguiente manera:
Automotores: en todas sus puertas (lateral externo), capot (parte interior y superior), baúl (parte interior y superior.
Motovehículos: (ciclomotores y motocicletas) se deberán grabar al menos en tres partes del mismo.
Remplazo de autopartes: para el caso de accidente o siniestro que afecte alguna parte del vehículo y como consecuencia exija el cambio de una pieza grabada, el interesado deberá acreditar el siniestro y presentar la factura emitida por el comerciante inscripto ante el Registro de Verificación de Autopartes, que acredite la adquisición de la autoparte de remplazo. La planta de grabado efectuará sin cargo el proceso correspondiente en la autoparte de remplazo.
El grabado se realiza una sola vez en la vida del vehículo. Si una persona adquiere un auto que ya posee el grabado, no debe realizar nuevamente el trámite, sino que sólo paga una reválida del 25 por ciento al momento de transferirlo.
El punto de verificación y grabado se encuentra en calle Salvador María del Carril (norte) Nº 1062, Capital, San Juan, y atiende de lunes a viernes de 8 a 14.
(Prensa Ministerio de Gobierno)