El sacerdote sanjuanino Hugo Perini recibió un nuevo revés de parte de la justicia de La Pampa, ya que ratificó la condena de 12 años de prisión en su contra por abusar sexualmente de un adolescente en varias ocasiones.
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SUSCRIBITEEl sacerdote sanjuanino Hugo Perini recibió un nuevo revés de parte de la justicia de La Pampa, ya que ratificó la condena de 12 años de prisión en su contra por abusar sexualmente de un adolescente en varias ocasiones.
El cura que fue penado en diciembre del año pasado había apelado la decisión, a través de su defensora particular Vanessa Ranocchia Ongaro, y por ello este jueves al mediodía el Tribunal de Impugnación se expresó al respecto y respaldó el fallo de primera instancia.
El cura fue condenado como autor de abuso sexual simple, gravemente ultrajante y con acceso carnal, agravado por ser el autor ministro de un culto religioso reconocido, mediando abuso coactivo o intimidatorio de una relación de autoridad y poder, como delito continuado. La víctima fue un joven que, al momento de los hechos, tenía 17 años.
La fiscalía solicitó ahora que se revea la prisión domiciliaria y podría ir a la cárcel. La audiencia de reexamen de medida de coerción se haría este viernes, si así lo dispone el juez de control. Mientras tanto, el sacerdote continúa con prisión domiciliaria, con tobillera electrónica, que cumple en una vivienda del barrio Plan 300 de Santa Rosa.
Ranocchia Ongaro cuestionó la sentencia del juez de audiencia, Gastón Boulenaz, argumentando que existió una errónea aplicación de la ley sustantiva, inobservancia de las normas procesales y una errónea valoración de la prueba. Por ello solicitó un nuevo fallo absolutorio. Subsidiariamente requirió la pena mínima de ocho años de prisión.
Los hechos probados ocurrieron en la Iglesia Nuestra Señora de Luján, en Santa Rosa, más precisamente en los departamentos donde residía el imputado ya que estaba a cargo del templo. Los abusos fueron reiterados y uno de ellos sucedió en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El damnificado tenía 17 años cuando se iniciaron los ataques sexuales y había cumplido los 18 cuando cesaron.
La defensa requirió además la prescripción de la acción penal por el paso del tiempo, pero Rebechi y Piombi descartaron el planteo al calificar de “creíble y de una logicidad inatacable” el relato de la víctima.
Con respecto a la valoración de las pruebas, el Tribunal tuvo en cuenta especialmente el informe de la psicóloga forense con respecto a que el joven “se encontraba en un estado de vulnerabilidad en relación” al sacerdote. “Educado en el centro de una familia con valores morales rígidos y poco flexibles, en el que la religión ocupaba un lugar preponderante, la situación presuntamente vivida lo situó una vez más en una posición en la que cedió ante los requerimientos o el deseo del otro”, señaló el Tribunal en base a dichas conclusiones.
Fuente: Con info de El Diario de La Pampa
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