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Arrancó la inscripción al Repro II: conocé los montos y requisitos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó a partir de hoy la inscripción al programa de Recuperación Productiva II (Repro II) con el objetivo de alcanzar hasta 1,4 millones de trabajadores de comercios de rubros esenciales, no esenciales y centros de compras.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó a partir de hoy la inscripción al programa de Recuperación Productiva II (Repro II) con el objetivo de alcanzar hasta 1,4 millones de trabajadores de comercios de rubros esenciales, no esenciales y centros de compras, así como independientes.

Esta instancia de inscripción que estará abierta hasta el 1 de junio, ya estaba disponible bajo la modalidad “crítica” para unos 880.000 trabajadores en relación de dependencia y que el Gobierno nacional decidió la semana pasada ampliar para acompañar las nuevas restricciones de circulación por la pandemia.

Para ello, a través de las Resoluciones 266 y 267 del Ministerio de Trabajo, se incrementó el monto máximo del beneficio a $22.000 por relación laboral para los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud, que además contarán con una reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), según publicó la agencia de noticias Télam

También se dispuso que el requerimiento de información estará limitada a dos indicadores, facturación y liquidez corriente, y que se exime de la obligación de presentar balance.

Además, para evaluar la variación de la facturación, se compara todos los días de mayo de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021, lo que implica que el Programa asume que la empresa no tendrá facturación entre el 25 y el 31 de mayo.

En cuanto a la ampliación del listado de actividades consideradas “críticas”, el Gobierno de Alberto Fernández decidió la incorporación de comercio de rubros no esenciales como indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros. También se suman comercios de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación, como por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio, y también se contemplan en esta instancia centros de compra localizados en el AMBA.

Con respecto a los trabajadores independientes monotributistas y autónomos en sectores críticos, se amplía el monto del beneficio a los $22.000 por persona y alcanzará a sectores de gastronomía, turismo, transporte, industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento, comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación, peluquerías y centros de belleza.

Para acceder al beneficio, los trabajadores deberán contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de monotributo y/o autónomo, y deberán presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021.

Para el caso del empleador deberá registrar un nivel de liquidez corriente inferior a un valor establecido por el Comité de evaluación y seguimiento del Repro II.

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