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Energía

San Juan: a quiénes sí y a quiénes no le pueden cortar la luz si no pagan

El decreto presidencial, al que adhirió la provincia, determina cuales son los usuarios que gozarán del beneficio.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Entre el paquete de medidas anunciadas por el Gobierno Nacional tras determinar el aislamiento preventivo para frenar el avance del coronavirus, una tuvo que ver con el tema energético. Se dispuso que algunos usuarios podían no pagar la boleta de la luz sin que eso signifique el corte del suministro, suscribiendo a un plan de pagos. 

El EPRE elaboró un documento en el que detalla quienes son los beneficiarios de esta disposición. 

-Usuarios residenciales:
1-Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo; y los inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
2- Usuarios que perciben seguro de desempleo.
3-Empleadas y Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
4-Exentos en el pago de ABL (alumbrado, barrido y limpieza) o tributos locales de igual naturaleza.
5-Los que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, incluyendo beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas; Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia; Trabajadores trabajadoras monotributistas inscriptos.

-Otros usuarios no residenciales:
1-Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia, que deben acreditar que no perciben otros beneficios otorgados por el Gobierno de la Provincia de San Juan. 
2-Las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas afectadas en la emergencia.
3-Las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia.
4-Las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Para acceder al beneficio, los usuarios deben enviar a Energía San Juan un formulario en carácter de declaración jurada. Estarán disponibles vía on-line. También podrán ser despositados en un buzón en caso de ser necesario. Una vez presentado este formulario, la deuda vendrá en los próximos meses en un plan de pagos. 

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