La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores a partir de los cuales se deben informar las ventas de automotores, motos, inmuebles, como así también embarcaciones, aeronaves y maquinarias, que regirán a partir del 1° de julio de 2016.
El certificado denominado CETA debe ser emitido por el vendedor y se debe confeccionar al momento de realizar la operación de transferencia, siempre que el valor del vehículo sea igual o mayor a los 100.000 pesos.
Para elaborar el CETA se debe ingresar a la web de AFIP con Clave Fiscal al listado de sistemas habilitados, y hacer clic en la opción "transferencia de bienes muebles registrables".
La AFIP también actualizó los montos del Régimen de Información de operaciones de compraventa de automotores y motos usadas y los nuevos valores son a partir de los 100.000 y 27.000 pesos, respectivamente.
Para los titulares de los inmuebles deberán confeccionar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando las operaciones resulten iguales o superiores a $ 1.500.000.
El valor anterior era de $ 600.000 y no se actualizaba desde 2007. El COTI se tramita a través de la página web de la AFIP, ingresando con Clave Fiscal, mediante el servicio denominado "Transferencia de Inmuebles", opción "COTI".
En el caso de la transferencia de embarcaciones, aeronaves y maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, viales y todas aquellas que se autopropulsen) se deberán informar a partir de los 100.000 pesos.
Fuente: MDZ Ol