A partir de junio, aumenta el
aporte y la contribución del personal de casas particulares. Para las que
trabajan más de 16 horas semanales, sube
de $498 a $ 684 por mes, según la Resolución Nª 3848 de la AFIP publicada hoy
en el Boletín Oficial. Es un aumento del 37,3%.
Según la Resolución el incremento
se adopta por "la necesidad de mantener el debido financiamiento del Sistema
Nacional del Seguro de Salud y del Régimen Nacional de Obras Sociales” y
para "adecuar el monto de las cotizaciones
previsionales fijas a fin de garantizar el goce de las prestaciones al
creciente número de sujetos que acceden a ellas”.
Se estima que hay 350.000
empleadas registradas en el país, aunque el universo total supera el millón de
personas si se incluyen a las que trabajan en negro. El anterior aumento fue en octubre de 2014.
El sistema de trabajadoras de
casas particulares fija aportes y cotizaciones según la cantidad de horas
trabajadas por cada casa. Incluye jubilación, obra social y ART. Los aportes van al Sistema Nacional del
Seguro de Salud, las Contribuciones al
Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la Cuota riesgos del trabajo a
la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) elegida o la que se asigna ante la
falta de opción.
La cuota depende del rango de
horas semanales de trabajo de la empleada. Hay 3 categorías: en menos de 12
horas semanales, la cuota mensual de 161 sube a $ 176; entre 12 y 16 horas,
pasa de $ 224 a $ 252, y por más de 16 horas la cuota sube de $ 498 a $
684 .
De todas maneras, para tener derecho a los beneficios de
jubilación y salud, la empleada doméstica debe tener aportes por $ 684 mediante
el pago de aportes adicionales voluntarios como si estuviese en la categoría de 16 o más horas semanales
trabajadas, para un solo empleador o para diferentes patrones.
También el grupo familiar (hijos y
familiares a cargo) puede tener la cobertura médica con el pago adicional de $
419 por persona.
A su vez, el personal de casas
particulares -esté o no registrado- tiene derecho a cobrar la asignación por
hijo si no lo cobra el padre o la madre del menor.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta 42.318 pesos por año de
la base imponible de Ganancias si la empleada está registrada y lo declara ante
su empleador.