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Historias del Crimen

La pelea de los dos bodegueros de Concepción que terminó con uno muerto y el otro absuelto

Tenían conflictos personales. Una tarde de 1994 volvieron a discutir y se amenazaron. Uno de ellos sacó un arma y se desató la tragedia. Nunca se supo quién de los dos disparó.

Por Walter Vilca

Historias del Crimen

Para el fiscal, disparó a adrede. La defensa, en cambio, sostuvo que el revólver se accionó en el forcejeo. La duda siempre estuvo y estará, y así lo plasmó la Justicia en el caso de los dos bodegueros que una tarde de 1994 protagonizaron una fuerte discusión y una pelea en el cual uno de ellos resultó muerto de un balazo.

Nadie puso en tela de juicio que fue un crimen, una muerte violenta la de productor vitivinícola Miguel Ángel Ruiz Muñoz aquella tarde del 29 de diciembre de 1994. Tampoco se cuestionó que esa arma perteneciera al bodeguero Ignacio Orlando Olivares, el otro involucrado. Aún así, lo que nunca se aclaró es quién de los dos realmente fue el autor del disparo mortal.

Ambos mantenían un vínculo comercial en esos años. Olivares era el propietario de la bodega -que llevaba su apellido- en la calle Necochea al 1584 norte, en Capital, y le alquilaba a Ruiz Muñoz el predio y unas vasijas para que guardara su producción de vino.

Pésima relación

La relación entre ellos no era buena. Ya habían tenido algunos chispazos por no respetar el contrato y supuestamente demoras en el pago. Pero lo que los enfrentó del todo fue la denuncia que Olivares realizó en el INV para que inspeccionaran las vasijas y verificaran el estado del vino que Ruiz Muñoz tenía en depósito.

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El lugar. La puerta de la bodega donde ocurrió la tragedia. Foto de Diario de Cuyo.

El lugar. La puerta de la bodega donde ocurrió la tragedia. Foto de Diario de Cuyo.

Es que sospechaba que el vino estaba “enfermo” o en mal estado. Aunque ese producto no era suyo, dado que él sólo alquilaba el establecimiento, Olivares temía que en el futuro eso le traería problemas porque en definitiva la bodega estaba a su nombre.

Parece que no se podían ni ver y se esquivaban. Olivares visitaba la bodega cuando Ruiz Muñoz no estaba. Esto mismo hizo la tarde del 29 de diciembre de 1994. Entró al predio en su auto Ford Taunus y bajó a darle de comer a los perros, pero en el momento en que pretendía subir al coche para retirarse apareció Ruiz Muñoz en su Rastrojero.

Encuentro inesperado

Ahí se miraron y empezó la discusión. Los ánimos estaban caldeados y en cualquier instante pasaban a los golpes. Ruiz Muñoz después arrugó, salió caminando de la bodega y buscó a su hijo que se encontraba en un taller ubicado a 70 metros del lugar. Olivares, en vez de marcharse, se quedó esperando unos minutos y sacó su auto a la vereda.

La disputa entre ellos se ahondó a partir de una denuncia de Olivares sobre el supuesto mal estado del vino de Ruiz Muñoz.

En esos instantes vio que Ruiz Muñoz regresaba por la calle, en compañía de su hijo. Olivares supuso que iban a atacarlo, entonces tomó el revólver marca Astra calibre 32 largo que llevaba dentro de su auto y se metió a la bodega supuestamente para refugiarse. Por detrás entraron el otro bodeguero y su hijo.

El hijo de Ruiz Muñoz relató que, cuando ingresaron, Olivares salió a enfrentarlos y los encañonó con el arma de fuego. “Anda a buscar a la Policía que este maricón tiene un revólver”, le dijo su padre, al advertir que el dueño de la propiedad andaba armado. El muchacho se dio vuelta y caminó apresurado hacia la calle. Sin embargo, no alcanzó a alejarse demasiado, que escuchó un disparo.

Disparo mortal

Ruiz hijo pegó la vuelta y entró corriendo a la bodega. Allí se topó con su papá, que venía tomándose el pecho y trastabillando hacia él como buscando ayuda. El muchacho logró agarrarlo mientras caía al piso. Ese fue el principio del fin de bodeguero de 53 años. Con ayuda de unos vecinos lo cargaron en la camioneta y lo trasladaron al Hospital Guillermo Rawson, donde murió producto de la hemorragia interna.

Olivares se marchó a su casa y aguardó hasta que llegaron los policías de la Comisaría 2da y lo detuvieron. Como se esperaba, Miguel Ángel Ruiz hijo relató lo sucedido y acusó al bodeguero de asesinar a su padre. De hecho, le secuestraron el arma homicida.

El informe de la autopsia reveló que Miguel Ángel Ruiz Muñoz murió como consecuencia del disparo de arma de fuego. El médico forense Alejandro Yesurón señaló que el proyectil ingresó por el costado izquierdo del tórax y a 2 centímetros del esternón, que atravesó de forma descendente algunos órganos vitales y terminó en la zona del coxis. También estimó que el balazo fue efectuado a una distancia de entre 15 y 20 centímetros y en una trayectoria descendente.

El proyectil impactó en el pecho de la víctima, pero continuó su trayectoria por dentro de su cuerpo y afectó órganos vitales.

El enredo comenzó a la hora de establecer quién o en qué circunstancias se produjo el disparo. Si tomaban en cuenta el relato del hijo de la víctima, en teoría todo debía estar claro. El arma pertenecía a Olivares, fue él quien la empuñó y supuestamente encañonó a los Ruiz, y segundos o minutos después el otro bodeguero recibió el tiro que finalmente le costó la vida.

El bodeguero Olivares reconoció que el arma era suya, pero aseguró que él no apretó el gatillo o esa no fue su intención y juró que el balazo se produjo en medio del forcejeo con Ruiz Muñoz.

La versión del acusado

En su relato ante la Policía y el juez de la causa contó que, cuando el hijo de la víctima salió a la calle, él intentó escapar de Ruiz Muñoz y trepó la pared medianera con el objetivo de cruzarse al lote de su casa ubicada al lado de la bodega. Según Olivares, el otro bodeguero lo alcanzó, lo agarró del cuerpo desde atrás y quiso quitarle el arma. En esa lucha que duró segundos, entre los manotazos de uno por apoderarse el revólver y la resistencia del otro por impedir que se lo arrebatara, salió el disparo e impactó en el cuerpo de Ruiz Muñoz, de acuerdo a su versión.

En realidad, fue la única versión que existió respecto al momento preciso en que la víctima recibió el tiro en el pecho. Sucede que Ruiz hijo estuvo en los instantes previos, pero no presenció directivamente esa escena. Escuchó el estruendo del balazo y al regresar a la bodega se encontró con su padre gravemente herido.

El juez de instrucción José Alberto Nardi dispuso que Ignacio Orlando Olivares quedara detenido por el presunto delito de homicidio simple. A los meses, el mismo magistrado procesó y elevó la causa a juicio entendiendo que había suficientes pruebas que daban por acreditado la autoría del crimen por parte del bodeguero de Capital.

El juicio

El juicio contra Olivares se realizó en septiembre de 1995 y en esa ocasión el fiscal de cámara Gustavo Manini y el abogado Miguel Dávila Saffe –hoy juez-, como querellante, volvieron a achacar toda la responsabilidad al bodeguero. Para ellos, la versión de éste sobre el forcejeo tenía como objetivo favorecerse y culpar a la víctima.

Para el Ministerio Publico Fiscal hubo dolo y animosidad. Olivares llevaba el arma en su auto y tras el primer cruce de palabras la sacó para amenazar a Ruiz Muñoz y a su hijo, alegaron. Luego concretó su amenaza, disparándole a matar, señalaron.

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El juicio. Olivares (a la izquierda) junto a sus defensores, los jóvenes abogados Fernando Castro y Rubén Pontoriero, en una de las audiencias del juicio. Foto de Diario de Cuyo.

El juicio. Olivares (a la izquierda) junto a sus defensores, los jóvenes abogados Fernando Castro y Rubén Pontoriero, en una de las audiencias del juicio. Foto de Diario de Cuyo.

El fiscal agregó que el bodeguero actuó insensiblemente y con indiferencia; incluso posteriormente al ataque, puesto que no prestó ayuda a la víctima y se marchó a su casa. Por todo eso pidieron una pena de 12 años de cárcel.

La otra teoría

Los abogados Fernando Castro y Rubén Pontoriero, los defensores de Olivares, sacaron a relucir el mal carácter de Ruiz Muñoz y sus supuestos antecedentes de violencia, entre ellos una causa penal por lesiones. También desacreditaron las declaraciones de algunos testigos, especialmente la del hijo de la víctima que –para ellos- estaba teñido de parcialidad, además que no había presenciado el hecho.

El punto central para los defensores fue demostrar la inocencia de Olivares. No negaron que el arma le perteneciera, pero afirmaron que la llevaba en el auto permanentemente y la usaba para espantar a los perros en su finca de Albardón. Argumentaron que esa tarde la exhibió sólo para alejar a los Ruíz porque éstos pretendían agredirlo, pero no tuvo intención usarla.

Para la defensa, en el incidente hubo un forcejeo y nunca se acreditó si la víctima o el acusado accionaron el arma.

En ese contexto, dijeron que buscó escapar del asedio de Ruiz Muñoz y por eso trepó la pared de la medianera norte de la bodega con la idea de cruzarse a su casa. Según ese relato, el otro bodeguero logró sujetarlo de atrás y en el forcejeo, mientras éste intentaba quitarle el revólver de la mano derecha, salió el disparo mortal. En esa línea dejaron planteada la teoría de que la propia víctima movió la cola del disparador.

Para Castro y Pontoriero no quedó demostrado que Olivares haya accionado el arma. Se dio una “situación atípica, que no encuadra en los elementos exigidos por la ley de fondo y el pedido de absolución se basa justamente en la falta de acción”, señala en una parte de la resolución judicial del tribunal.

Es que para ellos no hubo dolo, por lo tanto no podían atribuirle un homicidio simple, y tampoco una negligencia o un acto imprudente para calificar el hecho como un hecho accidental. Y aunque se hubiese dado esa posibilidad, ni siquiera se estableció de quién fue la culpa. En ese sentido, destacaron que, ante la duda, correspondía resolver bajo el principio del in dubio pro reo. Es decir, a favor del acusado.

El 18 de septiembre de 1995, los jueces Ricardo Conte Grand, Héctor Fili y Ernesto Kerman leyeron su veredicto en la Sala III de la Cámara en lo Penal y Correccional. Contra todo pronóstico, el tribunal absolvió al Ignacio Orlando Olivares por el beneficio de la duda y dispuso su inmediata libertad. En ese entonces, el bodeguero tenía 55 años. Hoy debe tener 83 años, si es que está vivo.

FUENTE: Sentencia de la Sala III de la Cámara en lo Penal y Correccional, artículos periodísticos de Diario de Cuyo y hemeroteca de la Biblioteca Franklin Rawson.

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