El tribunal de la Sala II de la Cámara Penal, integrado por José A. Vega, Juan Carlos Peluc y Eduardo Gil, resolvió las apelaciones al auto de procesamiento que había dictado la ex jueza María Inés Rosselot, en agosto del 2013. Ésta es la parte resolutiva:
- I) Confirmar el auto de procesamiento y Prisión Preventiva de Santiago Ricardo Graffigna, conforme a la resolución de fecha 13 de agosto de 2013 (fs.3468/ 3830) y por los delitos de Autor Ppal. en el delito de Fraude en perj. de la Administración Pública en función del delito de Estafa -ocho hechos-; Tentativa de Fraude en función del delito de Estafa -tres hechos-; Jefe u Organizador en el delito Asociación Ilícita, Defraudación por Ocultamiento o Sustracción de prueba, todos conjugados bajo las reglas del concurso real (arts. 174 inc. 5º, en función del art. 172, 42/174 inc. 5º en función del art. 172, 210 2º párrafo, 173 inc. 8º y 55 del Cód. Penal) en perj. de la Administración Pública y el Estado Provincial.------------------------------------------
- - - 2) Decretar Falta de Mérito a José Elías Moreno por los delitos por los cuales de dictó el auto de procesamiento apelado.------------------------------------
- - - 3) Decretar Falta de Mérito a Pedro Ernesto Bazzani por los delitos por los cuales de dictó el auto de procesamiento apelado.------------------------------
- - - 4) Decretar Falta de Mérito a Julio César Fernandez por los delitos por los cuales de dictó el auto de procesamiento apelado.-------------------------------
- - - 5) Declarar mal concedido el recurso interpuesto por la defensa de Adolfo Cravero, sin perjuicio de ello decretar la Falta de Mérito a su favor por los delitos por los cuales de dictó el auto de procesamiento, por el efecto extensivo del art. 557 del CPP. -------------------------------------------------------------
- - - 6) Decretar Falta de Mérito a Eduardo Nicolás Olivera por los delitos por los cuales de dictó el auto de procesamiento apelado.--------------------------
- - - 7) Confirmar el auto de procesamiento sin prisión prisión preventiva contra Ana María Melvin, conforme a la resolución de fecha 13 de agosto de 2013 (fs.3468/ 3830).---------------------------------------------------------------------------
- - - 8) Confirmar el auto de procesamiento sin prisión prisión preventiva contra Néstor Adán Ruiz por los delitos de Participación Ppal. en Fraude en perj. de la Administración Pública, función del delito de Estafa -8 hechos-, Tentativa de Fraude en perjuicio de la Administración Pública en función del delito de Estafa -4 hechos-; Defraudación por ocultamiento o sustracción de prueba y Falso Testimonio (arts. 174 inc. 5º, en función art. 172, 42/174 inc. 5º en función 172, 173 inc. 8º, 275 primer párrafo y 55 del Cód. Penal) en perj. de la Administración Pública.----------------------------------------------------------
- - - 9) Decretar Falta de Mérito a Néstor Adán Ruiz por el delito de Asociación Ilícita por el que fuera procesado.-------------------------------------------
- - - 10) Confirmar el auto de procesamiento a Rosalba Marún de Sobelvio por los delitos de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público (art. 249 del Cód. Penal) en perj. de la Administración Pública.--------------------------
- - - 11) Decretar la Falta de Mérito a Rosalba Marún de Sobelvio por la comisión del delito de Asociación Ilícita (art. 210 primer párrafo del Cód. Penal) en perj. de la Administración Pública.--------------------------------------------
- - - 12) Decretar Falta de Mérito a Rosalba Marún de Sobelvio por los delitos de Fraude en perj. de la Administración Pública en función del delito de Estafa -dos hechos- y Tentativa de fraude en perj. de la Administración Pública -dos hechos- (arts. 174 inc. 5º en función del 172 y 42/174 inc. 5º en función del art. 172 del Cód. Penal).-------------------------------------------------------
- - - 13) Confirmar el dictado de Falta de Mérito de Mario Enrique Diaz por el delito de Asociación Ilícita (art. 210 del Cód. Penal) en perj. de la Administración Pública.------------------------------------------------------------------------
- - - 14) Confirmar el auto de procesamiento sin prisión preventiva contra Mario Enrique Diaz por los delitos de Participación Ppal. en el delito de Fraude en perj. de la Administración Pública en función del delito de Estafa -8 hechos-; Tentativa de Fraude en perj. de la Administración Pública en función del delito de Estafa -4 hechos-; Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, todos bajo las reglas del concurso real (arts. 174 inc. 5º, 172, 42/174 en función del art. 172, 249 y 54 del C.Penal) en perj. de la Administración Pública.------------------------------------------------------------------------
- - - Protocolícese, agréguese copia a los autos, notifíquese y comuníquese a quienes corresponda.---------------------------------------------------------------------------