San Juan tiene una ley que protege a los animales domésticos, Ley Nº 8083, la misma establece en su artículo 9° que la autoridad de aplicación es la Subsecretaría de Medio Ambiente o el organismo que en un futuro lo reemplace.
Secretario de Ambiente: “El maltrato animal se denuncia en la comisaría más cercana”
El secretario de Ambiente de la Provincia, Raúl Tello, dijo que ellos actuaron en muchos casos, pero que como toda infracción a una ley, se pueden denunciar en cualquier comisaría.
"Si bien la ley establece autoridad de aplicación, son infracciones que se puede denunciar a la comisaría más cercana. Ellos conocen mejor la zona y tienen más efectivos”, dijo Tello.
El artículo 7° de la ley mencionada señala que "Toda aquella persona que tiene la tenencia o custodia de un animal, es responsable del cuidado, preservación y bienestar del mismo. En caso de incumplimiento de lo establecido la autoridad competente dispondrá el secuestro del mismo, el que podrá ser entregado transitoria o definitivamente, para su reubicación, a asociaciones protectoras de animales registradas conforme a la reglamentación de la presente Ley, las que tendrán derecho a controlar o verificar el estado de los animales”.
El espíritu de la ley es preservar y conservar la integridad y bienestar de los animales domésticos o domesticados, que se encuentren en cautiverio o semi cautiverio, contra todo acto de maltrato o crueldad hacia ellos.